Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Voleibol. Estatutos. (BOE-A-2025-8779)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Voleibol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59717

b) Abonar las cuotas y obligaciones económicas que, en caso, se establezcan.
c) Someterse a la disciplina de la RFEVB en los casos reglamentariamente
previstos.
d) Aquellos otros que así se determinen por el ordenamiento jurídico, los presentes
Estatutos y sus normas de desarrollo.
3. El tratamiento de los datos proporcionados por los miembros integrantes de la
RFEVB se realizará cumpliendo las obligaciones previstas en las normativas española y
europea aplicables en materia de protección de datos. La finalidad de la recogida y
tratamiento de los datos es la de tramitar y gestionar licencias deportivas, así como la
gestión de las competiciones de voleibol y sus especialidades y otras actividades
relacionadas con la RFEVB, con el fin de cumplir con los cometidos propios de ésta.
Dichos datos únicamente serán cedidos y transferidos a terceros en el ámbito de las
competiciones y actividades deportivas, para cumplir los fines que exclusivamente se
deriven del ejercicio de las funciones y obligaciones de la RFEVB. El interesado podrá
ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la sede de la
RFEVB.
4. La adscripción e integración en la RFEVB por medio de la licencia e inscripción
en las competiciones implica la aceptación expresa y libre asunción por parte de las
personas físicas y jurídicas federadas, de los siguientes efectos:
a) Su consentimiento para que, en la relación de clubes participantes en cada
competición, aparezcan publicados, en la web de la RFEVB y otro tipo de soportes, los
datos comunicados por el club referidos al nombre, dos apellidos, teléfono, fax, correo
electrónico y dirección del representante del club en esa competición.
b) Su autorización y consentimiento para la comunicación de todos o alguno de sus
datos referidos al nombre, dos apellidos, edad, número de licencia y club de pertenencia,
si procede, a entidades nacionales y de otros países sedes de competiciones de voleibol
y sus especialidades deportivas. La finalidad de esta comunicación es informativa y para
dar cumplimiento de los requisitos exigidos por la entidad organizadora para gestionar y
participar en esta competición.
c) Su autorización y consentimiento para que, en caso de que cualquier federado o
persona sometida a la disciplina de la RFEVB sea sancionado con la suspensión,
privación o inhabilitación de licencia, la RFEVB publique en su página web, a efectos de
que dicha sanción sea conocida por todos los interesados, los datos siguientes: primer
apellido, club al que pertenece, si procede, estamento y período de duración de la
sanción.
TÍTULO II
Órganos de la RFEVB
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

La RFEVB dispone de los siguientes órganos:
1. Órganos de Gobierno y Representación: la Asamblea General, la Comisión
Delegada y el Presidente.
2. Órganos Complementarios: la Junta Directiva y la Comisión Ejecutiva.
3. Órganos de Administración: la Secretaría General y, en su caso, el Director
General y el Gerente.
4. Órganos de Control: la Comisión de Gobernanza e Integridad y la Comisión de
Control Económico.

cve: BOE-A-2025-8779
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 8.