Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-8826)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Tratamiento ambiental del borde litoral de la playa do Regueiro, término municipal de Bergondo (A Coruña)».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59885
El IEO por último indica que consideran correctas las modificaciones propuestas en
el proyecto constructivo para reducir el impacto, si bien, al no estudiarse el efecto sobre
el bentos en la zona próxima del ámbito de actuación (500 m), no se ha incluido ninguna
modificación para mitigar el efecto sobre el mismo. Como ya se ha indicado, el promotor
incluirá en el PVA muestreos de las comunidades bentónicas, lo que permitirá comprobar
las afecciones sobre estas y la aplicación de medidas en su caso.
Se incluye una condición sobre la biodiversidad marina en el condicionado de la
resolución.
b.7
Red Natura 2000 y Hábitats de Interés comunitario.
El promotor indica que el proyecto se encuentra dentro de la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES1110007 «Betanzos-Mandeo» de competencia autonómica.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina indica que a 1300 m hacia
el norte del área del proyecto se encuentra la Zona de Especial Protección para las Aves
(ZEPA) ES000554 «Corredor migratorio galaico - cantábrico occidental», de competencia
estatal.
El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia tiene naturaleza de plan de
ordenación de los recursos naturales de los espacios protegidos de la Red Natura 2000,
y establece una serie de unidades ambientales, cuya evaluación se recoge en el EsIA y
la evaluación concluye que no se estima que los objetivos de conservación propuestos
para las unidades ambientales y sus hábitats característicos pueden verse comprometidos
por la ejecución del proyecto.
Se han identificado los hábitats en el entorno del ámbito de actuación, de acuerdo
con la cartografía de hábitats del Plan Director de la Red Natura de la Xunta de Galicia,
concluyendo que los hábitats situados en la zona de ocupación de las actuaciones
proyectadas son los siguientes:
De los hábitats indicados, solo en los 3 primeros se produce algún tipo de ocupación
tras las obras que permita considerar que se pueden ver afectados. No obstante, en las
inspecciones en campo realizadas por el promotor, no se ha detectado la presencia de
salicornia entre las especies vegetales presentes en el entorno, por lo que finalmente
solo se consideran entre los hábitats susceptibles de ser afectados el 1130 y el 1140.
De acuerdo con las superficies medidas sobre los planos de proyecto, se considera
una superficie de 817,54 m² HICs afectada en la fase de explotación. Aplicando los
criterios establecidos en la «Guía metodológica de evaluación de impacto ambiental
en Red Natura 2000, MITECO 2019» y de acuerdo con la cartografía del promotor, la
superficie que se prevé afectar por la ejecución del proyecto no supera en ninguno de los
HICs localizados en la zona de actuación los valores umbrales establecidos de pérdida
absoluta en m2, por lo que se entiende que el proyecto no presenta impactos apreciables
sobre la ZEC.
El promotor establece una serie de medidas preventivas y correctoras entre las que
se encuentra el cumplimiento de las directrices del Plan director de la Red Natura 2000
de Galicia. Se contempla la revegetación de las áreas degradadas, recuperación
ambiental e integración paisajística, la eliminación de especies exóticas e invasoras de
flora y medidas específicas para la protección de la fauna.
cve: BOE-A-2025-8826
Verificable en https://www.boe.es
– 1130: Estuarios.
– 1140: Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay
marea baja.
– 1310: Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas
o arenosas.
– 6410: Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos
(Molinion caeruleae).
– 6510: Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba
officinalis).
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59885
El IEO por último indica que consideran correctas las modificaciones propuestas en
el proyecto constructivo para reducir el impacto, si bien, al no estudiarse el efecto sobre
el bentos en la zona próxima del ámbito de actuación (500 m), no se ha incluido ninguna
modificación para mitigar el efecto sobre el mismo. Como ya se ha indicado, el promotor
incluirá en el PVA muestreos de las comunidades bentónicas, lo que permitirá comprobar
las afecciones sobre estas y la aplicación de medidas en su caso.
Se incluye una condición sobre la biodiversidad marina en el condicionado de la
resolución.
b.7
Red Natura 2000 y Hábitats de Interés comunitario.
El promotor indica que el proyecto se encuentra dentro de la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES1110007 «Betanzos-Mandeo» de competencia autonómica.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina indica que a 1300 m hacia
el norte del área del proyecto se encuentra la Zona de Especial Protección para las Aves
(ZEPA) ES000554 «Corredor migratorio galaico - cantábrico occidental», de competencia
estatal.
El Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia tiene naturaleza de plan de
ordenación de los recursos naturales de los espacios protegidos de la Red Natura 2000,
y establece una serie de unidades ambientales, cuya evaluación se recoge en el EsIA y
la evaluación concluye que no se estima que los objetivos de conservación propuestos
para las unidades ambientales y sus hábitats característicos pueden verse comprometidos
por la ejecución del proyecto.
Se han identificado los hábitats en el entorno del ámbito de actuación, de acuerdo
con la cartografía de hábitats del Plan Director de la Red Natura de la Xunta de Galicia,
concluyendo que los hábitats situados en la zona de ocupación de las actuaciones
proyectadas son los siguientes:
De los hábitats indicados, solo en los 3 primeros se produce algún tipo de ocupación
tras las obras que permita considerar que se pueden ver afectados. No obstante, en las
inspecciones en campo realizadas por el promotor, no se ha detectado la presencia de
salicornia entre las especies vegetales presentes en el entorno, por lo que finalmente
solo se consideran entre los hábitats susceptibles de ser afectados el 1130 y el 1140.
De acuerdo con las superficies medidas sobre los planos de proyecto, se considera
una superficie de 817,54 m² HICs afectada en la fase de explotación. Aplicando los
criterios establecidos en la «Guía metodológica de evaluación de impacto ambiental
en Red Natura 2000, MITECO 2019» y de acuerdo con la cartografía del promotor, la
superficie que se prevé afectar por la ejecución del proyecto no supera en ninguno de los
HICs localizados en la zona de actuación los valores umbrales establecidos de pérdida
absoluta en m2, por lo que se entiende que el proyecto no presenta impactos apreciables
sobre la ZEC.
El promotor establece una serie de medidas preventivas y correctoras entre las que
se encuentra el cumplimiento de las directrices del Plan director de la Red Natura 2000
de Galicia. Se contempla la revegetación de las áreas degradadas, recuperación
ambiental e integración paisajística, la eliminación de especies exóticas e invasoras de
flora y medidas específicas para la protección de la fauna.
cve: BOE-A-2025-8826
Verificable en https://www.boe.es
– 1130: Estuarios.
– 1140: Llanos fangosos o arenosos que no están cubiertos de agua cuando hay
marea baja.
– 1310: Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas
o arenosas.
– 6410: Prados con molinias sobre sustratos calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos
(Molinion caeruleae).
– 6510: Prados pobres de siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba
officinalis).