Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9686)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63896
tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido. Este tutor también participará
en el proceso de Garantía de Calidad del Programa de Prácticas, mediante la
contestación de un cuestionario sobre su desarrollo.
b) En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
cotutores, investigadores o profesionales de la plantilla del Patrimonio Nacional, en
colaboración con los profesores de la Universidad.
c) El Patrimonio Nacional manifiesta que posee los medios materiales y servicios
disponibles que permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas
planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos,
según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, (BOE
de 3 de diciembre), por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
d) Comunicar toda modificación posterior de las condiciones recogidas en la oferta
inicial a la Unidad de Prácticas Externas de la Universidad y a la persona que ejerza la
tutela académica para su aceptación, así como informar de cualquier incidencia que
pueda producirse durante las prácticas.
e) El Patrimonio Nacional observará y hará observar las medidas de Seguridad y
Salud establecidas en el Centro de trabajo asignado. El Patrimonio Nacional informará,
formará y hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
Séptima.
Financiación.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto para
el Patrimonio Nacional.
De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de octubre de 2011), los
estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán comprendidos
en el Régimen General de la Seguridad Social.
Protección de datos.
Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten de forma expresa a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos,
comprometiéndose a dar un uso debido a los datos de tal naturaleza que obtengan como
consecuencia del desarrollo del presente convenio. Ambas Partes consienten que los datos
personales del presente convenio puedan incorporarse a ficheros de titularidad de cada una
de ellas con la única finalidad de proceder a la gestión adecuada del mismo.
La Universidad será la responsable de los tratamientos de datos personales
efectuados en el marco de la relación convenida. Los datos personales que se recojan
derivados del presente convenio serán incorporados a los sistemas de gestión de la
información de los que, en su caso, las partes firmantes serán responsables a los efectos
de llevar a buen fin el presente convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal
proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
previstas tanto en la normativa vigente a nivel nacional como en el Reglamento General
de Protección de Datos europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el
deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de secreto y
confidencialidad, las medidas de seguridad y la firma del correspondiente acuerdo de
confidencialidad entre responsable del tratamiento y encargado del mismo, donde se
detallarán los aspectos concretos relacionados con el tratamiento de datos efectuado por
el encargado del tratamiento.
cve: BOE-A-2025-9686
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 118
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63896
tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido. Este tutor también participará
en el proceso de Garantía de Calidad del Programa de Prácticas, mediante la
contestación de un cuestionario sobre su desarrollo.
b) En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
cotutores, investigadores o profesionales de la plantilla del Patrimonio Nacional, en
colaboración con los profesores de la Universidad.
c) El Patrimonio Nacional manifiesta que posee los medios materiales y servicios
disponibles que permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas
planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos,
según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, (BOE
de 3 de diciembre), por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
d) Comunicar toda modificación posterior de las condiciones recogidas en la oferta
inicial a la Unidad de Prácticas Externas de la Universidad y a la persona que ejerza la
tutela académica para su aceptación, así como informar de cualquier incidencia que
pueda producirse durante las prácticas.
e) El Patrimonio Nacional observará y hará observar las medidas de Seguridad y
Salud establecidas en el Centro de trabajo asignado. El Patrimonio Nacional informará,
formará y hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
Séptima.
Financiación.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto para
el Patrimonio Nacional.
De conformidad con el Real Decreto 1493/2011 (BOE de 27 de octubre de 2011), los
estudiantes universitarios que realicen prácticas remuneradas quedarán comprendidos
en el Régimen General de la Seguridad Social.
Protección de datos.
Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten de forma expresa a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos,
comprometiéndose a dar un uso debido a los datos de tal naturaleza que obtengan como
consecuencia del desarrollo del presente convenio. Ambas Partes consienten que los datos
personales del presente convenio puedan incorporarse a ficheros de titularidad de cada una
de ellas con la única finalidad de proceder a la gestión adecuada del mismo.
La Universidad será la responsable de los tratamientos de datos personales
efectuados en el marco de la relación convenida. Los datos personales que se recojan
derivados del presente convenio serán incorporados a los sistemas de gestión de la
información de los que, en su caso, las partes firmantes serán responsables a los efectos
de llevar a buen fin el presente convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal
proporcionados, que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
previstas tanto en la normativa vigente a nivel nacional como en el Reglamento General
de Protección de Datos europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el
deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de secreto y
confidencialidad, las medidas de seguridad y la firma del correspondiente acuerdo de
confidencialidad entre responsable del tratamiento y encargado del mismo, donde se
detallarán los aspectos concretos relacionados con el tratamiento de datos efectuado por
el encargado del tratamiento.
cve: BOE-A-2025-9686
Verificable en https://www.boe.es
Octava.