Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Sanidad. Educación. (BOE-A-2025-9742)
Ley 1/2025, de 15 de abril, de medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud; y, de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos, para dar respuesta y favorecer la recuperación después de las graves inundaciones acontecidas el 29 de octubre de 2024, en la Comunitat Valenciana.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 64175

CAPÍTULO IV
Otras medidas en materia de personal
Artículo 11. Personal estatutario temporal cuyas funciones están destinadas a atender
las necesidades generadas por las graves inundaciones.
Con carácter excepcional y a los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional
decimoséptima del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como la disposición
adicional cuarta del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, se podrá diferir el cese
del personal estatutario temporal hasta un máximo de veinticuatro meses a partir de la
entrada en vigor del Decreto ley 14/2024, siempre que sus funciones estén destinadas a
la atención de las necesidades derivadas de la emergencia de protección civil y la
respuesta ante los daños causados.
Artículo 12. Programa de carácter temporal de fidelización de especialistas en ciencias
de la salud.
Se implementa un programa temporal de fidelización dirigido a personas graduadas
especialistas en ciencias de la salud tras la obtención de la correspondiente
especialidad, al haber finalizado el periodo de residencia en virtud del cual se podrán
expedir nombramientos temporales de uno a tres años de duración, dependiendo de la
especialidad, y conforme a lo establecido en la legislación básica estatal para el
nombramiento de personal estatutario temporal.
Por resolución de la persona titular de la conselleria con competencia en materia de
sanidad se determinará, en el primer trimestre de cada ejercicio presupuestario, el
número de nombramientos temporales autorizados para ese mismo ejercicio, las
especialidades y los departamentos sanitarios a los que se adscriben.
Artículo 13.

Creación de categorías profesionales.

Se crean las siguientes categorías de personal estatutario:
1.

Científico o Científica de datos.

Naturaleza jurídica: estatutaria.
Régimen jurídico: Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud.
Grupo/Subgrupo de clasificación profesional: A1. Personal de gestión y servicios.
Titulación exigida para el acceso: graduado en Ciencia de Datos.
Funciones: dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar,
controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquellas de nivel superior propias
de la profesión relacionadas con las actividades de ciencia de datos en servicios
sanitarios dependientes de la conselleria con competencias en materia de sanidad.
Retribuciones: grupo retributivo 131 recogido en la tabla retributiva I aplicable al
personal estatutario del Sistema Valenciano de Salud.
Ingeniero o Ingeniera de Organización Industrial.

Se crea la categoría estatutaria de ingeniero o ingeniera de organización industrial.
Naturaleza jurídica: estatutaria.
Régimen jurídico: Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud.
Grupo/Subgrupo de clasificación profesional: A1. Personal de gestión y servicios.
Titulación exigida para el acceso: graduado en Ingeniería de Organización Industrial.
Funciones: dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar,
controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquellas de nivel superior propias

cve: BOE-A-2025-9742
Verificable en https://www.boe.es

2.