Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11057)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Segundas modificaciones del proyecto de instalación fotovoltaica Lorca Solar, en la provincia de Murcia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72858

Silvestre Protegida de la Región de Murcia y se dictan normas para el
aprovechamiento de diversas especies forestales. Asimismo, de forma general, el
promotor propone señalizar las obras y jalonar la vegetación natural que pueda ser
afectada; restaurar las superficies al finalizar las obras y no realizar acopios ni instalar
parques de maquinaria sobre vegetación natural. Si alguna de las especies de flora
protegida detectadas hubiera sido dañada o eliminada, se propondrá su inclusión en
un plan para conservar la naturalidad de la zona del proyecto. Asimismo, cualquier
afección a individuos de especies protegidas o a superficie de HIC será compensada
en proporción 1:10.
En caso de detección de especies exóticas invasoras, se retirarán y eliminarán sin
fomentar la dispersión de las diásporas. Finalmente, las obras se realizarán fuera del
periodo de riesgo de incendios forestales (del 1 de junio al 30 de septiembre) tanto en las
zonas forestales como en las ubicadas en sus proximidades.
La Subdirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia
indica que no existe afección a zona de monte que no estuviese informada previamente.
La Subdirección General de Biodiversidad, Áreas Protegidas y Acción Climática de la
Región de Murcia no se pronuncia sobre los potenciales impactos de la modificación del
proyecto sobre este factor ambiental, debido a que ha comprobado que las obras ya
están ejecutadas.
Fauna.

El promotor señala que no se han identificado, en ninguna de las zonas de
modificación del proyecto, áreas de rapaces forestales o áreas de importancia para aves
rapaces rupícolas. Sin embargo, según la información cartográfica disponible, el
documento ambiental señala la posible presencia de especies esteparias, entre ellas, la
más cercana al trazado de la línea, la ganga ortega (Pterocles orientalis). Asimismo, los
terrenos por los que discurre el tramo oeste son zonas de alta probabilidad de
avistamiento de tortuga mora (Testudo graeca).
Durante la fase de obras, los impactos sobre la fauna se centran en las molestias
ocasionadas por el aumento del ruido, el trasiego de la maquinaria y la presencia
humana, y se traduce en una reducción y/o pérdida de hábitat. La modificación oeste de
la línea discurre por una zona de probable presencia de tortuga mora, aunque el
promotor estima este impacto como no significativo, debido a la temporalidad de la
afección y a que el tramo discurre por caminos existentes. Por otro lado, al tratarse de
una línea soterrada, no se estiman impactos asociados a la colisión o electrocución de la
avifauna con la línea.
Con el objetivo de evitar o corregir los impactos sobre la fauna, el promotor propone
medidas en línea con el estudio de impacto ambiental y con la declaración de impacto
ambiental del proyecto original. Se establecerá un programa de obras en el que se eviten
las molestias a la fauna y se delimitará la superficie a ocupar por el perímetro de obra.
Además, con anterioridad al inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno
que permita identificar especies amenazadas, así como nidos o refugios, en caso de ser
detectados, se paralizarán las obras en la zona y se avisará al órgano competente
autonómico. Se reducirán las molestias en un radio mínimo de 300 m en el caso de aves
amenazadas hasta obtener las indicaciones pertinentes del organismo competente. No
se afectará a la zona donde se localicen especies protegidas hasta el inicio del vuelo de
los pollos y se balizará la zona a excluir en al menos 25 m de radio respecto al nido o
punto donde se localice el comportamiento reproductor.
Durante la ejecución de las zanjas para las líneas eléctricas (y mientras se
encuentren abiertas) se dispondrán rampas de tierra cada 50 m para permitir la salida de
animales que accidentalmente hayan podido caer. En cualquier caso, antes del reinicio
diario de las obras en cualquier tramo se inspeccionará la zanja para extraer los
animales que puedan haber caído. En el caso de que se trate de especies amenazadas,
se comunicará su hallazgo al organismo competente.

cve: BOE-A-2025-11057
Verificable en https://www.boe.es

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