Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11057)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Segundas modificaciones del proyecto de instalación fotovoltaica Lorca Solar, en la provincia de Murcia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72859

La Subdirección General de Biodiversidad, Áreas Protegidas y Acción Climática de la
Región de Murcia no se pronuncia sobre los potenciales impactos de la modificación del
proyecto sobre este factor ambiental, debido a que ha comprobado que las obras ya
están ejecutadas.
c.4

Red Natura 2000 y espacios protegidos.

Las modificaciones de la línea de evacuación propuesta no afectan a ningún espacio
de la Red Natura 2000. El espacio más próximo es la ZEC «Sierra de la Tercia»
(ES6200023), a 87 m en su punto más próximo a las actuaciones. Según el promotor,
dicha distancia se mantiene prácticamente invariable respecto al proyecto original. En un
radio de 5 km se ubican también la ZEC «Sierra de la Torrecilla» (ES6200047) y la ZEPA
«Sierra del Gigante, Pericay, Lomas del Buitre, Río Luchena y Sierra de la Torrecilla»
(ES0000262), ambas a 4 km aproximadamente de las actuaciones. Además, las
modificaciones no afectan a ningún territorio incluido como IBA.
Por otro lado, la «modificación oeste» discurre, al igual que el trazado original, de
norte a sur por el corredor ecológico número 37 de la Red de Corredores Ecológicos de
la Región de Murcia. No se interrumpirá la conectividad de dicho corredor de forma
permanente ya que la línea en este tramo será soterrada.
La Subdirección General de Biodiversidad, Áreas Protegidas y Acción Climática de la
Región de Murcia no se pronuncia sobre los potenciales impactos de la modificación del
proyecto sobre este factor ambiental, debido a que ha comprobado que las obras ya
están ejecutadas.
Suelo, subsuelo y geodiversidad.

Según el mapa nacional de erosión de suelos, la erosión laminar en la zona afectada
por las modificaciones en la línea de evacuación es variable, desde moderada
(entre 25-50 t/ha/año) a muy baja (<=5 t/ha/año), dependiendo principalmente del tipo de
suelo y las pendientes. El promotor indica que el suelo de la «modificación oeste» es
más propenso a este tipo de erosión.
Durante la fase de obras, los impactos identificados se asocian con un aumento de la
erosión por escorrentía y el trasiego de la maquinaria, la ocupación del suelo por
instalaciones permanentes, la compactación y un posible riesgo de contaminación por
derrame de aceites o hidrocarburos. Durante la fase de funcionamiento, se mantendrá el
compactado de la tierra en los accesos a la línea para su mantenimiento. Dicho impacto
no es considerado como significativo por el promotor ya que la modificación prevista
discurre por caminos existentes.
En relación con la gestión de los residuos, el promotor propone medidas asociadas al
cumplimiento de la normativa como la separación de residuos en la obra, su envasado,
etiquetado y almacenado correspondiente, así como ubicar los contenedores en
superficies impermeabilizadas. El proyecto no prevé la producción de tierras
excedentarias, pero, en caso de producirse, se retirarán de la zona de obra. Los residuos
vegetales (a excepción de las especies invasoras que serán tratadas de manera
específica) serán triturados y extendidos sobre el terreno o aprovechados para su
empleo como biomasa.
La Dirección General de Producción Agrícola, Ganadera y Pesquera de la Región de
Murcia recuerda que se deben regularizar las modificaciones de los usos de suelo
agrícola y tener en cuenta las limitaciones de la normativa de la Unión Europea, en
cuanto a las modificaciones de los usos del terreno agrícola asociados a la percepción
de las ayudas de la Política Agraria Común.
c.6

Aire y cambio climático.

Durante la fase de obras, se generará un incremento de las partículas de suspensión
producidas por los movimientos de tierra, así como emisión de gases a la atmósfera y
emisiones acústicas por el trasiego de la maquinaria. No se consideran impactos

cve: BOE-A-2025-11057
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c.5