Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11186)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica el Convenio con la Red Española para el Desarrollo Sostenible, para la implementación de actuaciones relacionadas con el Plan de Aceleración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Miércoles 4 de junio de 2025
Sexta.

Sec. III. Pág. 73417

Difusión de la colaboración.

La Dirección General para la Agenda 2030 y REDS se comprometen a dar máxima
publicidad a este convenio.
Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas
actuaciones, al mismo nivel de créditos y representación. De este modo, las partes:
1. Se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material
divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración
prevista en la cláusula primera del presente convenio.
2. Se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y
a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su
aportación a la colaboración.
A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán
mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán
en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños
facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento
previo de la otra parte.
La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se
limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la
concesión a favor ni de la Dirección General de Agenda 2030, ni de REDS, de ningún
derecho, independientemente de su naturaleza, sobre el logotipo ni sobre la marca de la
contraparte y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada
una de las partes. En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la
denominación e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y
material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.
En todos los materiales que produzcan las partes deberá incluirse la siguiente línea
de créditos y representación: «Organizan: Dirección General de Agenda 2030 del
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain, Red
Española para el Desarrollo Sostenible».
Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra
parte durante la vigencia del presente convenio.
Séptima.

Eficacia y vigencia del convenio.

Octava. Modificaciones del convenio.
En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente
convenio solo podrá modificarse mediante acuerdo unánime de las partes, en cualquier
momento previo a que finalice el plazo de vigencia del mismo o de cualquiera de sus
prórrogas, mediante adenda, siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio,
debiendo seguirse los mismos trámites que para su suscripción.

cve: BOE-A-2025-11186
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene una duración de un año. Sin embargo, podrá prorrogarse
como máximo por un año más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes
de la finalización del período de vigencia. El acuerdo de prórroga se formalizará
mediante adenda.
Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, el convenio se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización.