Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11627)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico Mazo, de 62 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75893

especialmente los movimientos de tierras, y el balizamiento de protección de los dos
elementos de valor etnológico.
En relación con la afección sobre el patrimonio cultural, destaca el elevado número
de alegaciones particulares recibidas por los efectos sobre el interés cultural y turístico
de esta zona, que reúne la mayor concentración de dólmenes de la provincia de Burgos
y es objeto actualmente del proyecto de investigación «Territorio Megalítico», iniciativa de
interés social y cultural emprendida por varias Entidades Locales afectadas, las
Universidades de Burgos y Valladolid y por SODEBUR (Sociedad para el Desarrollo
Rural de Burgos).
En cuanto a los Montes catalogados de Utilidad Pública (MUP), el proyecto
contempla la instalación de 10 aerogeneradores ubicados en el dominio público forestal,
así como el trazado de viales y canalizaciones que atraviesan estos montes, con una
ocupación total de 13,97 ha en MUP. Los aerogeneradores del 5 al 10 se sitúan sobre el
MUP 320 «Monte Alto, El Cerro y Valdeparaíso», mientras que los aerogeneradores
del 11 al 14 se sitúan sobre el MUP 313 «La Nava».
A este respecto, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León señala la incompatibilidad del proyecto con la prevalencia del
uso público y los objetivos de protección forestal en los MUP e indica que el promotor no
analiza alternativas de emplazamiento que estén fuera de sus límites y sobre terrenos de
cultivo. También, advierte de la necesidad de plantear el soterramiento íntegro de la línea
eléctrica de evacuación en los tramos que atraviesen MUP.
La modificación presentada por el promotor aumenta la superficie de ocupación de
MUP respecto al diseño inicial, resultando una superficie ocupada de 15,40 ha, y plantea
medidas compensatorias de tratamientos selvícolas de mejora de masas forestales en
MUP, actuando sobre la mitad de la superficie ocupada en estos montes (7,7 ha). A
pesar de estas medidas, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal
de la Junta de Castilla y León advierte que la modificación presentada implica que todos
los aerogeneradores ocupen terrenos en MUP y reitera su pronunciamiento en sentido
desfavorable respecto a estas ocupaciones del dominio público forestal.
Efectos acumulados y sinérgicos.

En la envolvente de 10 km en torno al proyecto, el promotor señala la existencia
de diez parques eólicos construidos, con un total de 220 aerogeneradores, de los cuales
el más cercano es el Parque eólico Cerro, situado a 1 km del Parque eólico Mazo,
seguido del Parque eólico Páramo de Poza II, a 2 km. Asimismo, considera que los
factores ambientales que sufrirán un mayor impacto de carácter sinérgico serán la fauna
y el paisaje. Sin embargo, no aporta un análisis de detalle, que justifique su valoración
como impacto no significativo o que reflejen de forma evidente los efectos sobre la
capacidad de acogida en el territorio objeto de estudio. Por otra parte, el estudio de
fauna de ciclo anual aporta evidencias de los efectos sinérgicos derivados de la
acumulación de parques eólicos en funcionamiento próximos al proyectado, ya que se
aportan datos sobre la mortalidad acumulada por especie registrada durante el
periodo 2009-2020. Estos datos demuestran la elevada siniestralidad acumulada
registrada para el buitre leonado, principal especie afectada.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, en su primer informe, indica que el promotor no evalúa adecuadamente los
efectos sinérgicos que puede suponer la instalación del Parque eólico Mazo, que implica
la instalación de un nuevo frente de aerogeneradores, de 7 km, que se sumaría al frente
de unos 5 km del Parque eólico El Cerro y continuaría hacia el sureste con otro frente de
unos 5 km de los Parques eólicos Páramo de Poza I y II. Asimismo, indica que,
actualmente, en un radio de 15 km en torno al proyecto existen más de 250
aerogeneradores instalados, que ya están aportando evidencias de generar efectos
sinérgicos sobre el medio natural, especialmente adversos por elevada siniestralidad
registrada por colisiones de aves con parques eólicos en funcionamiento. Tras analizar la
modificación del proyecto planteada por el promotor, la Dirección General de Patrimonio

cve: BOE-A-2025-11627
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