Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-11594)
Resolución de 29 de mayo de 2025, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre el Instituto Galego de Promoción Económica, la Axencia Galega de Innovación, Xesgalicia Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU y Vigo Activo Sociedad Capital Riesgo, SA, S.M.E., para el desarrollo de las séptima y octava ediciones del Programa Viagalicia.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75654

5. Cumplir con las obligaciones de publicidad y transparencia previstas en la
cláusula decimonovena del presente convenio.
6. Cumplir con las obligaciones específicas en materia de información sobre
convenios.»
Segunda. Supresión de la cláusula décima. Obligaciones de la Agencia Gallega de
Innovación.
La cláusula décima del convenio queda suprimida.
Tercera. Modificación de la cláusula decimotercera. Financiación operativa del
programa.
La partida presupuestaria en la que se cargan los costes soportados y justificados
por el Consorcio en cada anualidad, pasa a ser «09.A1.741A.6402» en lugar de
«06.A1.741A.6402».
Cuarta. Modificación de la cláusula decimocuarta. Compromisos de aportaciones
económicas para la financiación de los proyectos participantes.
Se modifica la cláusula decimocuarta del convenio, para liberar a GAIN de sus
obligaciones y para incluir la obligación del Igape de financiación de los proyectos, que
aportará la cantidad de 375.000,00 euros para el desarrollo de la 8.ª edición, en las
anualidades 2025 y 2026, con cargo a la partida 09.A1.561A.770.0, quedando como sigue:
Aplicación presupuestaria
Subvención máxima de Igape a los proyectos 09.A1.561A.770.0
Anualidad
2022

Anualidad
2023

Anualidad
2024

8.ª Edición.
Contribución total prevista por parte Igape.

Quinta.

Anualidad
2025

Anualidad
2026

Total

Euros (IVA
incluido)

300.000 €

75.000 €

375.000,00
375.000,00

Modificación de la cláusula decimosexta. Designación del Comité Técnico.

Se sustituye a «el/la Director/a del Área de Servicios de GAIN», por «el/la Director/a
del Área de Innovación Empresarial de Igape».
Sexta.

Modificación de la cláusula decimoséptima. Comisión de seguimiento.

Séptima. Modificación del anexo II. Órganos de decisión y gestión. Composición y
funciones.
En lo relativo al Comité Técnico, se sustituye a «el/la Director/a del Área de Servicios
de GAIN», por «el/la Director/a del Área de Innovación Empresarial de Igape».
En lo relativo al Equipo Gestor, se añade el siguiente párrafo:
«El equipo gestor de Viagalicia facilitará al Igape todos aquellos datos e
información que este considere necesarios para la alimentación del sistema de

cve: BOE-A-2025-11594
Verificable en https://www.boe.es

Se eliminan las referencias a GAIN y se incrementa la presencia de Igape en la
Comisión de Seguimiento en 1 miembro adicional por parte del Igape, quedando
representado por 2 miembros.