Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2025-11640)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales para el sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75983
Coste
–
Euros
Plazas o personas diarias/mes 2025-2026 (Mes 07-06)
2025-2026
Jul.
Fase Acogida Vulnerable Reforzado.
Fase Autonomía.
Ago.
Sep.
50
50
50
4.546
4.546
4.546
Oct.
50
Nov.
50
Dic.
50
Ene.
25
Feb.
25
Mar.
25
Abr.
25
May.
25
Jun.
25
2.058.750,00
4.546 4.546 4.546 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400
52.251.648,00
Total.
470.018.614,00
Cuando se asigne la gestión de cien o más plazas a una entidad autorizada, al menos
el 2 % del total de las plazas asignadas deberán ser plazas accesibles en las que no existan
barreras arquitectónicas. Asimismo, las entidades autorizadas deben adoptar medidas para
que al menos la mitad de estas plazas (1 %) sean plazas adaptadas en su totalidad.
Las prestaciones, actuaciones o servicios objeto de esta resolución podrán ser
cofinanciadas por fondos europeos, bien sea el FSE+ o el FAMI, a través de sendos
programas europeos, para lo cual su planificación, ejecución y justificación se regirán por
el marco normativo nacional y europeo especificado en el artículo 3 de la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio.
Quinto.
Precios de referencia.
Los precios de referencia por plaza y día o persona atendida y día, así como los
criterios según los cuales se han fijado dichos precios, son los establecidos en la
Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones, de 15 de noviembre de 2024, por
la que se establecen los precios de referencia de las prestaciones, actuaciones o
servicios gestionados mediante acción concertada:
Fase o actuación
Unidad
Cuantía en euros
Fase Valoración inicial y derivación (tarifa 1).
Precio plaza y día.
55,00
Fase Valoración inicial y derivación (tarifa 2).
Precio plaza y día.
51,00
Fase Acogida (tarifa 1).
Precio plaza y día.
58,00
Fase Acogida (tarifa 2).
Precio plaza y día.
50,00
Fase Acogida personas con vulnerabilidad.
Precio plaza y día.
64,00
Fase Acogida personas con vulnerabilidad reforzada.
Precio plaza y día.
150,00
Fase Autonomía.
Precio persona y día.
Sexto.
32,00
Márgenes de variación.
Séptimo.
Publicación.
Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en la
sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Octavo.
Efectos.
Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11640
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con el artículo 40.2.c) del Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo,
se prevén los márgenes de variación establecidos en el apartado I del anexo de la
presente resolución. En todo caso, la aplicación de estos márgenes de variación necesita
de la autorización previa de la Dirección General Atención Humanitaria y del Sistema de
Acogida de Protección Internacional.
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75983
Coste
–
Euros
Plazas o personas diarias/mes 2025-2026 (Mes 07-06)
2025-2026
Jul.
Fase Acogida Vulnerable Reforzado.
Fase Autonomía.
Ago.
Sep.
50
50
50
4.546
4.546
4.546
Oct.
50
Nov.
50
Dic.
50
Ene.
25
Feb.
25
Mar.
25
Abr.
25
May.
25
Jun.
25
2.058.750,00
4.546 4.546 4.546 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400 4.400
52.251.648,00
Total.
470.018.614,00
Cuando se asigne la gestión de cien o más plazas a una entidad autorizada, al menos
el 2 % del total de las plazas asignadas deberán ser plazas accesibles en las que no existan
barreras arquitectónicas. Asimismo, las entidades autorizadas deben adoptar medidas para
que al menos la mitad de estas plazas (1 %) sean plazas adaptadas en su totalidad.
Las prestaciones, actuaciones o servicios objeto de esta resolución podrán ser
cofinanciadas por fondos europeos, bien sea el FSE+ o el FAMI, a través de sendos
programas europeos, para lo cual su planificación, ejecución y justificación se regirán por
el marco normativo nacional y europeo especificado en el artículo 3 de la Orden
ISM/680/2022, de 19 de julio.
Quinto.
Precios de referencia.
Los precios de referencia por plaza y día o persona atendida y día, así como los
criterios según los cuales se han fijado dichos precios, son los establecidos en la
Resolución de la Secretaría de Estado de Migraciones, de 15 de noviembre de 2024, por
la que se establecen los precios de referencia de las prestaciones, actuaciones o
servicios gestionados mediante acción concertada:
Fase o actuación
Unidad
Cuantía en euros
Fase Valoración inicial y derivación (tarifa 1).
Precio plaza y día.
55,00
Fase Valoración inicial y derivación (tarifa 2).
Precio plaza y día.
51,00
Fase Acogida (tarifa 1).
Precio plaza y día.
58,00
Fase Acogida (tarifa 2).
Precio plaza y día.
50,00
Fase Acogida personas con vulnerabilidad.
Precio plaza y día.
64,00
Fase Acogida personas con vulnerabilidad reforzada.
Precio plaza y día.
150,00
Fase Autonomía.
Precio persona y día.
Sexto.
32,00
Márgenes de variación.
Séptimo.
Publicación.
Esta resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en la
sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Octavo.
Efectos.
Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11640
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con el artículo 40.2.c) del Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo,
se prevén los márgenes de variación establecidos en el apartado I del anexo de la
presente resolución. En todo caso, la aplicación de estos márgenes de variación necesita
de la autorización previa de la Dirección General Atención Humanitaria y del Sistema de
Acogida de Protección Internacional.