Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11592)
Resolución 420/38263/2025, de 5 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con Cetursa Sierra Nevada, SA, para el apoyo en la preparación de las unidades militares en el área esquiable de Sierra Nevada, así como en la organización de las actividades deportivas que promueva la dirección de la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75636

Décimo.
Que se hace preciso la inclusión de una nueva cláusula que regule la actividad
editorial derivada del convenio.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda de modificación.
El objeto de la Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Defensa y
Cetursa Sierra Nevada, SA, para el apoyo en la preparación de las Unidades militares en
el área esquiable de Sierra Nevada, así como en la organización de las actividades
deportivas que promueva la dirección de la estación de esquí y montaña de Sierra
Nevada, suscrito el 27 de septiembre de 2022, es el siguiente:
1. Modificar la parte expositiva para incluir a las FAS su conjunto.
2. Modificar la cláusulas primera y segunda para incluir a las FAS en su conjunto.
3. Modificar la cláusula tercera para su adecuación a la legislación vigente.
4. Modificar la cláusula segunda para actualizar el número de pases de remontes
en relación con el aumento de unidades usuarias.
5. Modificar la cláusulas quinta y sexta para incluir a las FAS en su conjunto.
6. Modificar la cláusula séptima para ampliar los componentes de la comisión mixta
de seguimiento.
7. Incluir una nueva cláusula de actividad editorial.
Segunda. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y Cetursa Sierra
Nevada, SA, para el apoyo en la preparación de las unidades militares en el área
esquiable de Sierra Nevada, así como en la organización de las actividades
deportivas que promueva la dirección de la estación de esquí y montaña de Sierra
Nevada.
Los exponendos cuarto y quinto quedan redactados como sigue:
«Cuarto.
Que las partes que suscriben el presente convenio son conscientes del
significativo auge que han tomado las actividades relacionadas con el medio
natural en el área esquiable de Sierra Nevada, que ha visto incrementarse de
forma importante el número de personas que visitan la montaña y que practican
actividades de ocio en ellas.
Que el ET, principalmente, así como otras unidades de las FAS, realizan de
forma periódica en Sierra Nevada actividades de apoyo a la preparación
(enseñanza de formación y perfeccionamiento e instrucción y adiestramiento) y
deportivas que le permiten mantener el grado de operatividad óptimo de las
unidades para el cumplimiento de las misiones que se le encomienden, tanto
dentro como fuera del territorio nacional. Estas actividades se han coordinado
hasta la fecha por el Mando de Adestramiento y Doctrina del ET, en adelante
MADOC, y para su realización siempre ha contado con el apoyo incondicional de
la dirección de la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada.
Que la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada organiza de forma
habitual eventos y competiciones deportivas que requieren, de forma puntual, del
apoyo de otras instituciones, como el ET y otras unidades de las FAS, para
garantizar el éxito en la organización y en proporcionar seguridad.

cve: BOE-A-2025-11592
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