Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11592)
Resolución 420/38263/2025, de 5 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con Cetursa Sierra Nevada, SA, para el apoyo en la preparación de las unidades militares en el área esquiable de Sierra Nevada, así como en la organización de las actividades deportivas que promueva la dirección de la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75637

Quinto.
Que el principio constitucional de colaboración entre las distintas
Administraciones Públicas que integran el Estado, así como el de eficacia y
eficiencia que deben presidir la actuación de las mismas, implica poner a
disposición de cualquiera de ellas los medios que precisen para el mejor ejercicio
de sus funciones.
Que la firma de este convenio contribuiría, por una parte, a facilitar a las FAS
la realización de sus cometidos específicos y, por otra, a mejorar la calidad y
seguridad en las actividades deportivas organizadas por Cetursa en la estación de
esquí de Sierra Nevada, lo que redundaría en un incremento del prestigio de
ambas instituciones.
De hecho, la presencia de personal de las Fuerzas Armadas (FAS) y Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado en la estación de esquí de Sierra Nevada
contribuye a mejorar la cultura de defensa al crear una sensación positiva de
seguridad entre los usuarios de la estación, que pueden comprobar por sí mismos
la presencia de personal uniformado en servicio a los ciudadanos.
Por otro lado, se incrementa de forma recíproca la repercusión, imagen y
prestigio de dichas actividades deportivas al vincularlas con las FAS, que gozan de
reconocido prestigio social y cuyos valores de trabajo en equipo, disciplina, esfuerzo
y espíritu de superación, son fundamentales en cualquier práctica deportiva.»
2.

La cláusula primera queda redactada como sigue:
«Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es regular, con carácter general, la
cooperación entre el Ministerio de Defensa, a través del Ejército de Tierra (ET) y
Cetursa Sierra Nevada, SA (Cetursa), para, por un lado, aumentar el grado de
instrucción y adiestramiento de las unidades de las FAS para el cumplimiento de
sus misiones y, por otro, coordinar y realizar colaboraciones y acciones de
cooperación en actividades diversas de ámbito local, provincial o autonómico y,
por delegación del Consejo Superior del Deporte Militar, conforme a lo establecido
en el Real Decreto 61/2018, de 9 de febrero, por el que se crea y regula el
Consejo Superior del Deporte Militar, coordinar y realizar diferentes colaboraciones
y acciones de cooperación en actividades deportivas de interés nacional e
internacional durante la temporada de invierno y verano.»
La cláusula segunda queda redactada como sigue:
«Segunda.

Aportaciones y obligaciones de las partes.

Por parte del Ministerio de Defensa:
a) Las FAS colaborarán con Cetursa, siempre que las necesidades del
servicio lo permitan, y nunca en detrimento de sus misiones y cometidos
específicos, en diferentes colaboraciones y acciones de cooperación en
actividades deportivas durante la temporada de invierno y verano, y que se
detallarían para cada temporada antes del inicio de ésta, previa solicitud de la
estación de esquí, snowboard y montaña. Dichas colaboraciones, sin coste para
las FAS, serían estudiadas por la Comisión Mixta de Seguimiento definida en la
cláusula séptima y serán coordinadas en su gestión por el ET.
b) La Jefatura del Mando de Adestramiento y Doctrina (MADOC) del ET será
la responsable de canalizar las solicitudes y comunicaciones con Cetursa donde
se detallen las necesidades de las FAS en relación con los pases no comerciales
de temporada, o de día o días necesarios para el acceso y el correcto desempeño
de su misión en el área esquiable de Sierra Nevada.

cve: BOE-A-2025-11592
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3.