Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2025-11787)
Orden PJC/598/2025, de 9 de junio, por la que se modifican la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil, y la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Miércoles 11 de junio de 2025
Dieciséis.

Sec. III. Pág. 76665

El artículo 33 quedando redactado del siguiente modo:

«Artículo 33. Jornadas Formativas de Unidad.
1. Las Jornadas Formativas de Unidad son la herramienta de “formación
dirigida” que garantiza el mantenimiento y la actualización de los conocimientos
imprescindibles para el desarrollo de las competencias diarias del desempeño
profesional de todo el personal de la Guardia Civil.
2. La planificación de las Jornadas Formativas de Unidad corresponderá a
las unidades con nivel de subdirección general, y su organización y ejecución de
estas jornadas será llevada a cabo por las unidades que previamente se
determinen por cada unidad con nivel de subdirección general en el ámbito de sus
competencias, en coordinación con la Jefatura de Enseñanza.
Su ejecución se planificará de tal modo que permita la concurrencia, de forma
periódica, de todo el personal de cada una de las unidades según se determine.
3. Dentro de cada unidad se podrán dirigir diferentes actividades formativas a
su personal, atendiendo a las funciones que desempeñen.
4. Por parte de la Jefatura de Enseñanza se podrán establecer contenidos
mínimos para la inclusión dentro de las Jornadas Formativas de Unidad para
determinadas unidades, o su personal, atendiendo a sus funciones, localización o
grado de especialización.»
Diecisiete.

El apartado 1 del artículo 34 queda redactado del siguiente modo:

«1. La designación del personal de la Guardia Civil para su participación en
las actividades contenidas en el Plan General de Formación Continua se efectuará
de acuerdo con la propia convocatoria.
Por parte de la persona titular de la Jefatura de Enseñanza se podrá designar
de forma directa al alumnado de aquellas actividades que se desarrollen en el
ámbito del Sistema de Enseñanza de la Guardia Civil o que sean ofertadas desde
el ámbito del sector público y que resulten de interés para el Cuerpo, de oficio o a
propuesta de la correspondiente unidad con nivel orgánico de subdirección
general de la Guardia Civil, atendiendo a la relación con los cometidos
desempeñados y a la posterior aplicación de los resultados de enseñanza
adquiridos, según la planificación contenida en el Plan General de Formación
Continua.
La designación del personal de la Guardia Civil para su participación en las
Jornadas Formativas de Unidad se realizará por la persona responsable de la
Unidad que organice la actividad formativa.»
Artículo segundo. Modificación de la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que
se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del
personal de la Guardia Civil.

Uno.

El apartado 1 del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

«1. A todo el personal de la Guardia Civil se le anotará en su expediente
académico las calificaciones académicas, certificaciones y acreditaciones de los
títulos obtenidos y estudios realizados, desde su incorporación a la Guardia Civil
hasta que cesen en la relación de servicios profesionales con el Cuerpo, de
acuerdo con lo dispuesto en esta orden.
De igual modo, al alumnado de los centros docentes de formación que no
hubiera adquirido la condición de guardia civil, se le anotarán en su expediente

cve: BOE-A-2025-11787
Verificable en https://www.boe.es

La Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las
normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil, queda
modificada como sigue: