Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11792)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Delegación en España de la Fundación British Council, para la realización de proyectos curriculares integrados y actividades educativas conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Cuarta.
Sec. III. Pág. 76692
Financiación.
El convenio no supone obligación económica alguna entre las partes firmantes o las
Comunidades Autónomas que se adhieran.
Quinta.
1.
Compromisos de las partes.
Compromisos del MEFD:
a) Coordinar la gestión de las adhesiones de las comunidades autónomas al
convenio.
b) Participar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación de las actuaciones desarrolladas al amparo del presente convenio.
c) Promover la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, en colaboración con el resto de las partes.
d) Desarrollar lo estipulado en el apartado 3 para su ámbito de gestión.
2.
Compromisos del BC:
a) Colaborar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación del convenio y las distintas actuaciones derivadas del mismo.
b) Establecer el componente de cultura británica para el conocimiento de la realidad
histórica, social y política del Reino Unido, que debe ser incorporado al currículo
integrado.
c) Cooperar en actividades de formación específicas, así como en la incorporación
de la parte bicultural del currículo.
d) Fomentar la participación del profesorado que imparte el currículo integrado en
actividades de formación específicas organizadas para favorecer su correcto desarrollo.
e) Participar en la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, en colaboración con el resto de las partes.
Compromisos de las comunidades autónomas adheridas al convenio:
a) Velar por el desarrollo del currículo integrado y su aplicación en el proceso de
enseñanza y aprendizaje.
b) Velar por el adecuado desarrollo de las actuaciones derivadas de este convenio
en su ámbito de gestión.
c) Colaborar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación de las actuaciones desarrolladas al amparo de este convenio.
d) Estimular la participación de asesores lingüísticos con experiencia en el sistema
educativo anglosajón para apoyar al profesorado en los centros y orientar en el
desarrollo del currículo, estableciendo un procedimiento de selección para el desarrollo
de dicha función.
e) Colaborar en la incorporación y selección de nuevos centros docentes de
Educación Infantil y Primaria e Institutos de Educación Secundaria.
f) Facilitar la asistencia y participación de los docentes en las actividades de
formación específicas organizadas para favorecer el correcto desarrollo de lo establecido
en este convenio.
g) Colaborar en la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, con el resto de las partes.
h) Supervisar y garantizar la calidad de las actuaciones previstas en el convenio, a
través de la inspección educativa.
cve: BOE-A-2025-11792
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Cuarta.
Sec. III. Pág. 76692
Financiación.
El convenio no supone obligación económica alguna entre las partes firmantes o las
Comunidades Autónomas que se adhieran.
Quinta.
1.
Compromisos de las partes.
Compromisos del MEFD:
a) Coordinar la gestión de las adhesiones de las comunidades autónomas al
convenio.
b) Participar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación de las actuaciones desarrolladas al amparo del presente convenio.
c) Promover la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, en colaboración con el resto de las partes.
d) Desarrollar lo estipulado en el apartado 3 para su ámbito de gestión.
2.
Compromisos del BC:
a) Colaborar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación del convenio y las distintas actuaciones derivadas del mismo.
b) Establecer el componente de cultura británica para el conocimiento de la realidad
histórica, social y política del Reino Unido, que debe ser incorporado al currículo
integrado.
c) Cooperar en actividades de formación específicas, así como en la incorporación
de la parte bicultural del currículo.
d) Fomentar la participación del profesorado que imparte el currículo integrado en
actividades de formación específicas organizadas para favorecer su correcto desarrollo.
e) Participar en la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, en colaboración con el resto de las partes.
Compromisos de las comunidades autónomas adheridas al convenio:
a) Velar por el desarrollo del currículo integrado y su aplicación en el proceso de
enseñanza y aprendizaje.
b) Velar por el adecuado desarrollo de las actuaciones derivadas de este convenio
en su ámbito de gestión.
c) Colaborar, junto al resto de las partes, en la planificación, desarrollo, seguimiento
y evaluación de las actuaciones desarrolladas al amparo de este convenio.
d) Estimular la participación de asesores lingüísticos con experiencia en el sistema
educativo anglosajón para apoyar al profesorado en los centros y orientar en el
desarrollo del currículo, estableciendo un procedimiento de selección para el desarrollo
de dicha función.
e) Colaborar en la incorporación y selección de nuevos centros docentes de
Educación Infantil y Primaria e Institutos de Educación Secundaria.
f) Facilitar la asistencia y participación de los docentes en las actividades de
formación específicas organizadas para favorecer el correcto desarrollo de lo establecido
en este convenio.
g) Colaborar en la realización de estudios e investigaciones en el ámbito de la
enseñanza del inglés como lengua extranjera y del aprendizaje integrado de contenidos
y lenguas extranjeras, con el resto de las partes.
h) Supervisar y garantizar la calidad de las actuaciones previstas en el convenio, a
través de la inspección educativa.
cve: BOE-A-2025-11792
Verificable en https://www.boe.es
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