Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11790)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas del terrorismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76680
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es articular el marco de colaboración entre el
Ministerio de Interior, a través de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del
Terrorismo, y el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para proporcionar
una atención psicológica de calidad a las víctimas de terrorismo y sus familiares, a través
de la Red Nacional de Psicólogos para la Atención a las Víctimas del Terrorismo,
mediante la aplicación de tratamientos contrastados y eficaces.
Segunda.
Contenido del convenio.
La colaboración en el marco del presente convenio se concretará en las siguientes
actuaciones:
– Facilitar tratamiento psicológico a las víctimas del terrorismo, y sus familiares, que
lo demanden a través de la Red Nacional de Psicólogos para la Atención a las Víctimas
del Terrorismo.
– Promover, diseñar e implementar actividades formativas y de divulgación
profesional y científica para los miembros de la Red Nacional de Psicólogos para la
Atención a las Víctimas del Terrorismo, con objeto de facilitar la actualización de
conocimientos e intercambio de experiencias.
– Desarrollar cursos y talleres para víctimas de terrorismo que mejoren su bienestar
psicológico, impartidos por personal especializado.
– Promover, diseñar e implementar medidas formativas y divulgativas para el
personal del Ministerio del Interior que atienda a las víctimas del terrorismo, en especial
de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, dirigidas a mejorar y
homogeneizar el apoyo y atención que se las presta.
– Colaborar en el diseño y ejecución de acciones para fomentar la sensibilización
social sobre la violencia terrorista y la situación de las víctimas del terrorismo.
– Gestionar los procesos de nuevas incorporaciones de la Red Nacional de
Psicólogos de Atención a las Víctimas del Terrorismo, en aquellas provincias en donde
no se cuente con ningún psicólogo/a, a fin de asegurar que la Red esté integrada por
psicólogos en ejercicio activo de la profesión.
Tercera.
Compromisos del Ministerio del Interior.
– Derivar a las víctimas del terrorismo que demanden tratamiento psicológico, ya sea
directamente o a través de otras entidades, a los profesionales de la Red Nacional de
Psicólogos de Atención a Víctimas del Terrorismo, sin perjuicio del derecho de las
víctimas a la libre elección de profesional; y realizar el seguimiento de su tratamiento y
evolución.
– Implementar, en colaboración con el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos, acciones que faciliten la actualización profesional, difusión científica y
promoción de la buena praxis de los psicólogos entre los miembros de la Red.
– Realizar el seguimiento de la asistencia, evolución y aprovechamiento de las
personas que participen en las distintas actividades que se realicen en ejecución del
presente convenio.
cve: BOE-A-2025-11790
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio del Interior se compromete a colaborar con el Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos en el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula segunda del presente convenio y, específicamente, asume los siguientes
compromisos:
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76680
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es articular el marco de colaboración entre el
Ministerio de Interior, a través de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del
Terrorismo, y el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para proporcionar
una atención psicológica de calidad a las víctimas de terrorismo y sus familiares, a través
de la Red Nacional de Psicólogos para la Atención a las Víctimas del Terrorismo,
mediante la aplicación de tratamientos contrastados y eficaces.
Segunda.
Contenido del convenio.
La colaboración en el marco del presente convenio se concretará en las siguientes
actuaciones:
– Facilitar tratamiento psicológico a las víctimas del terrorismo, y sus familiares, que
lo demanden a través de la Red Nacional de Psicólogos para la Atención a las Víctimas
del Terrorismo.
– Promover, diseñar e implementar actividades formativas y de divulgación
profesional y científica para los miembros de la Red Nacional de Psicólogos para la
Atención a las Víctimas del Terrorismo, con objeto de facilitar la actualización de
conocimientos e intercambio de experiencias.
– Desarrollar cursos y talleres para víctimas de terrorismo que mejoren su bienestar
psicológico, impartidos por personal especializado.
– Promover, diseñar e implementar medidas formativas y divulgativas para el
personal del Ministerio del Interior que atienda a las víctimas del terrorismo, en especial
de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, dirigidas a mejorar y
homogeneizar el apoyo y atención que se las presta.
– Colaborar en el diseño y ejecución de acciones para fomentar la sensibilización
social sobre la violencia terrorista y la situación de las víctimas del terrorismo.
– Gestionar los procesos de nuevas incorporaciones de la Red Nacional de
Psicólogos de Atención a las Víctimas del Terrorismo, en aquellas provincias en donde
no se cuente con ningún psicólogo/a, a fin de asegurar que la Red esté integrada por
psicólogos en ejercicio activo de la profesión.
Tercera.
Compromisos del Ministerio del Interior.
– Derivar a las víctimas del terrorismo que demanden tratamiento psicológico, ya sea
directamente o a través de otras entidades, a los profesionales de la Red Nacional de
Psicólogos de Atención a Víctimas del Terrorismo, sin perjuicio del derecho de las
víctimas a la libre elección de profesional; y realizar el seguimiento de su tratamiento y
evolución.
– Implementar, en colaboración con el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos, acciones que faciliten la actualización profesional, difusión científica y
promoción de la buena praxis de los psicólogos entre los miembros de la Red.
– Realizar el seguimiento de la asistencia, evolución y aprovechamiento de las
personas que participen en las distintas actividades que se realicen en ejecución del
presente convenio.
cve: BOE-A-2025-11790
Verificable en https://www.boe.es
El Ministerio del Interior se compromete a colaborar con el Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos en el desarrollo de las actuaciones previstas en la
cláusula segunda del presente convenio y, específicamente, asume los siguientes
compromisos: