Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-12020)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y el Centro de Referencia de I+D+i ATM Agrupación de Interés Económico, para el desarrollo de actividades de I+D+i de interés común en el ámbito de inteligencia artificial en ATM.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78170
c) Colaboración en la identificación y definición de áreas de interés estratégico en el
marco de procesos I+D+i en el ámbito ATM.
Los detalles de las actividades están descritos en el anexo I del presente convenio.
Para el desarrollo de las actividades a realizar, cada parte aportará diferentes
recursos: UPM participará desarrollando labores de investigación y de difusión de
resultados; ENAIRE participará aportando financiación, validando resultados, liderando
ciertos paquetes de trabajo y desarrollando herramientas a partir de los resultados; y
CRIDA participará desarrollando labores de investigación y de difusión de resultados,
aportando datos, validando resultados, liderando ciertos paquetes de trabajo y
desarrollando herramientas a partir de los resultados.
Tercera. Medios personales, materiales y económicos.
Para el desarrollo de las actuaciones y actividades establecidas en la cláusula
segunda y anexo I del presente convenio, las partes aportarán los siguientes medios
personales, materiales y económicos.
– Medios personales:
● Por parte de ENAIRE, la colaboración se llevará a cabo por el personal técnico
adscrito a la Dirección de Operaciones y a la Dirección de Sistemas. También se contará
con la colaboración de la División Campus de ENAIRE.
● Por parte de la UPM, las actuaciones se desarrollarán por profesores del
departamento de Sistemas Aeroespaciales, Transporte Aéreo y Aeropuertos (SATAA) de
la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio (ETSIAE), todos
ellos integrantes del Grupo de Investigación de Navegación Aérea (GINA); así como por
profesores de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática integrantes del
Grupo de Investigación Ontology Engineering Group, así como alumnos de grado y
máster de ambos centros.
● Por parte de CRIDA, la colaboración se llevará a cabo por el personal técnico
adecuado para las tareas (ingenieros analistas y desarrolladores).
– Medios materiales: Todas las partes habilitarán salas de reuniones adecuadas a la
actividad a realizar, aulas, facilitarán plazas de parking en sus respectivas instalaciones,
aportarán medios técnicos (informáticos y audiovisuales) y la documentación y material
aeronáutico que estimen necesario para el desarrollo de las actividades.
– Medios económicos:
ENAIRE aportará los medios económicos necesarios para sufragar las actividades
objeto del presente convenio, siendo el presupuesto máximo de ejecución de 120.000
euros a abonar en cuatro pagos:
● Al comienzo de cada anualidad se generará, para cada actividad identificada, una
memoria que detalle el alcance concreto, planificación y recursos inicialmente
presupuestados. Las Partes acuerdan que se realizará un pago a cuenta del 40 % del
total de la actividad, sujeto a la aceptación de las memorias descritas.
● A la finalización de cada anualidad, se abonará el 10 % contra presentación de un
Informe de Cierre (uno por actividad), que deberán incluir obligatoriamente los resultados
obtenidos.
Todas las memorias deberán ser aceptadas expresamente por las Partes y firmadas.
El abono de dichas cantidades se hará efectivo en la c/c n.º ***** de ****, a nombre
de Universidad Politécnica de Madrid - Investigación Transferencia Tecnológica.
Para cumplir con lo regulado en el artículo 49 d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
consta expresada en la memoria justificativa, la estimación del gasto de los medios
personales y materiales que las partes aportan.
cve: BOE-A-2025-12020
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78170
c) Colaboración en la identificación y definición de áreas de interés estratégico en el
marco de procesos I+D+i en el ámbito ATM.
Los detalles de las actividades están descritos en el anexo I del presente convenio.
Para el desarrollo de las actividades a realizar, cada parte aportará diferentes
recursos: UPM participará desarrollando labores de investigación y de difusión de
resultados; ENAIRE participará aportando financiación, validando resultados, liderando
ciertos paquetes de trabajo y desarrollando herramientas a partir de los resultados; y
CRIDA participará desarrollando labores de investigación y de difusión de resultados,
aportando datos, validando resultados, liderando ciertos paquetes de trabajo y
desarrollando herramientas a partir de los resultados.
Tercera. Medios personales, materiales y económicos.
Para el desarrollo de las actuaciones y actividades establecidas en la cláusula
segunda y anexo I del presente convenio, las partes aportarán los siguientes medios
personales, materiales y económicos.
– Medios personales:
● Por parte de ENAIRE, la colaboración se llevará a cabo por el personal técnico
adscrito a la Dirección de Operaciones y a la Dirección de Sistemas. También se contará
con la colaboración de la División Campus de ENAIRE.
● Por parte de la UPM, las actuaciones se desarrollarán por profesores del
departamento de Sistemas Aeroespaciales, Transporte Aéreo y Aeropuertos (SATAA) de
la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio (ETSIAE), todos
ellos integrantes del Grupo de Investigación de Navegación Aérea (GINA); así como por
profesores de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática integrantes del
Grupo de Investigación Ontology Engineering Group, así como alumnos de grado y
máster de ambos centros.
● Por parte de CRIDA, la colaboración se llevará a cabo por el personal técnico
adecuado para las tareas (ingenieros analistas y desarrolladores).
– Medios materiales: Todas las partes habilitarán salas de reuniones adecuadas a la
actividad a realizar, aulas, facilitarán plazas de parking en sus respectivas instalaciones,
aportarán medios técnicos (informáticos y audiovisuales) y la documentación y material
aeronáutico que estimen necesario para el desarrollo de las actividades.
– Medios económicos:
ENAIRE aportará los medios económicos necesarios para sufragar las actividades
objeto del presente convenio, siendo el presupuesto máximo de ejecución de 120.000
euros a abonar en cuatro pagos:
● Al comienzo de cada anualidad se generará, para cada actividad identificada, una
memoria que detalle el alcance concreto, planificación y recursos inicialmente
presupuestados. Las Partes acuerdan que se realizará un pago a cuenta del 40 % del
total de la actividad, sujeto a la aceptación de las memorias descritas.
● A la finalización de cada anualidad, se abonará el 10 % contra presentación de un
Informe de Cierre (uno por actividad), que deberán incluir obligatoriamente los resultados
obtenidos.
Todas las memorias deberán ser aceptadas expresamente por las Partes y firmadas.
El abono de dichas cantidades se hará efectivo en la c/c n.º ***** de ****, a nombre
de Universidad Politécnica de Madrid - Investigación Transferencia Tecnológica.
Para cumplir con lo regulado en el artículo 49 d) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
consta expresada en la memoria justificativa, la estimación del gasto de los medios
personales y materiales que las partes aportan.
cve: BOE-A-2025-12020
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Núm. 143