Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-12018)
Resolución de 30 de abril de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad de La Laguna, para el desarrollo de programas de cooperación educativa para la realización de prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster del alumnado de las titulaciones de grado y de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78157

i) La asignación, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios y la forma de su
satisfacción.
j) La aceptación de los derechos y deberes de las partes, según lo establecido en el
Reglamento de Prácticas Externas de la ULL. El plan de trabajo también se reflejará en
este documento.
El anexo será firmado por el Tutor/a académico/a o persona coordinadora de la
asignatura y por el Tutor/a externo/a o responsable de la entidad colaboradora.
Quinta. Obligaciones de la entidad colaboradora durante el desarrollo de las prácticas
externas y de los TFG/TFM.
La entidad colaboradora se compromete a cumplir las obligaciones que establece el
Reglamento de Prácticas Externas de la ULL relativas a la colaboración con la docencia
de las asignaturas de prácticas externas, de las titulaciones de grado y máster de la ULL.
Durante el desarrollo de las prácticas, las empresas, organismos e instituciones
deberán:
a) Cumplir las condiciones contenidas en la presente normativa y en los convenios
reguladores de las prácticas externas.
b) Informar a sus tutores y tutoras acerca de la normativa que regula las prácticas
externas, así como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Comunicar por escrito a la ULL cuantas incidencias se produzcan durante el
desarrollo de las prácticas externas.
d) Carecer de cualquier tipo de vinculación o relación laboral, estatutaria o
contractual con el alumnado en prácticas que implique el desempeño de un puesto de
trabajo, salvo que la Comisión de Prácticas del Centro considere que la existencia de
una vinculación o relación laboral no supone un impedimento para el correcto desarrollo
del programa formativo.
e) Cumplir con las normas vigentes en todo lo relativo a prevención de riesgos
laborales, debiendo facilitar al alumnado idénticos medios de protección que los
requeridos a cualquier trabajador o trabajadora de la empresa.
f) Designar y comunicar al centro responsable de la titulación, las personas que se
ocuparán de ejercer como tutores y las tutoras de prácticas, quienes deberán ser
profesionales de la plantilla de la empresa, institución o entidad.
g) Cumplir la programación de las actividades formativas previamente acordadas
con la ULL y establecidas en la guía docente de la asignatura.
h) Facilitar al alumnado la asistencia a las actividades de representación y
participación, a los exámenes y pruebas de evaluación de las asignaturas en las que
esté matriculado y a cualquier otra actividad obligatoria de las asignaturas del curso al
que pertenezca la asignatura de las prácticas externas.
i) Comunicar a los tutores y tutoras académicas lo siguiente:
1. Las faltas de asistencia del alumnado.
2. Aquellas otras informaciones que oportunamente se soliciten con el fin de
obtener un mejor seguimiento del trabajo desarrollado por el alumnado por parte de los
responsables académicos: Los tutores y las tutoras de las prácticas de la entidad, los
horarios de las prácticas, el centro de trabajo, las tareas específicas a desarrollar, el plan
de trabajo del alumnado, la encuesta de evaluación de las prácticas, etc.
3. Cualquier incidencia relacionada con el normal desarrollo de las actividades
previstas.
j) Facilitar a los tutores académicos el acceso a la empresa, institución o entidad, si
fuese necesario, para el cumplimiento de los fines propios de su función.
k) Expedir a cada estudiante, una vez finalizado el período de las prácticas, un
informe acreditativo de las tareas realizadas y del total de horas invertidas en la

cve: BOE-A-2025-12018
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Núm. 143