Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12165)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78941
finalmente conformen la restauración y su disposición se deberán consensuar con la
Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul de la Junta de Andalucía.
– Se llevará a cabo una planificación previa de los trabajos, evitando los períodos
reproductivos más sensibles de las especies de fauna amenazadas de la zona. Se
establecerán limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
nidificación de especies protegidas, priorizando que el calendario de los trabajos no
coincida con el intervalo entre febrero y julio (ambos inclusive). A fin de preservar el éxito
reproductor de la fauna más sensible de la zona, no se realizarán trabajos nocturnos
(de 20:00 a 8:00) especialmente molestos para la fauna como consecuencia de la
utilización de fuentes luminosas y generación de ruidos. El cronograma de obras, en el
que se concretarán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia
de especies amenazadas, se presentará al órgano competente de la Junta de Andalucía
al menos 30 días antes de la comunicación de inicio de las obras, de tal manera que
pueda ser objeto de modificación por parte de dicho organismo.
– De forma previa al inicio de las obras y durante la ejecución de éstas, se realizará
una prospección del terreno por parte de técnicos profesionales en la materia y en
colaboración con los técnicos y agentes de medio ambiente de la zona, con objeto de
identificar la presencia de las especies de fauna amenazada, así como nidos y/o
refugios. Si se diese esta circunstancia, se paralizarán las obras en la zona y se avisará
al órgano competente de la Junta de Andalucía, quien determinará las medidas a
adoptar al respecto.
– Dado que en el área de actuación existen en la actualidad apoyos en líneas
eléctricas que suponen riesgo para la avifauna, por ser zona de campeo y/o nidificación
de rapaces catalogadas, se deberá proceder a la corrección de estos. Se concretarán los
apoyos peligrosos en las líneas eléctricas que deben ser corregidos (públicas o
privadas), así como los posibles tramos de balizamiento en las líneas eléctricas
existentes en el entorno de la línea eléctrica a su paso por la ZPP del Parque Nacional.
El promotor consensuará esta actuación con la Delegación Territorial de Málaga de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de
Andalucía.
– El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto,
incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las
superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido con
carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Andalucía
para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal de la SE Ronda a
realizar, durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras
y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
– Será necesario realizar una actividad arqueológica preventiva consistente en el
control arqueológico de movimientos de tierras en toda la superficie afectada por las
obras. Una vez finalizada dicha actividad arqueológica se presentará ante la citada
Delegación Territorial la correspondiente Memoria Preliminar en la que se determinarán
las medidas correctoras oportunas, así como las medidas de conservación que fueran
necesarias en su caso.
– Realizada la actividad arqueológica y evaluados sus resultados, la citada
Delegación Territorial determinará las previsiones que habrán de incluirse en el
correspondiente proyecto para garantizar, en su caso, la protección, conservación y
difusión de restos arqueológicos.
– Se solicitará autorización a la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía para la
cve: BOE-A-2025-12165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78941
finalmente conformen la restauración y su disposición se deberán consensuar con la
Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul de la Junta de Andalucía.
– Se llevará a cabo una planificación previa de los trabajos, evitando los períodos
reproductivos más sensibles de las especies de fauna amenazadas de la zona. Se
establecerán limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de
nidificación de especies protegidas, priorizando que el calendario de los trabajos no
coincida con el intervalo entre febrero y julio (ambos inclusive). A fin de preservar el éxito
reproductor de la fauna más sensible de la zona, no se realizarán trabajos nocturnos
(de 20:00 a 8:00) especialmente molestos para la fauna como consecuencia de la
utilización de fuentes luminosas y generación de ruidos. El cronograma de obras, en el
que se concretarán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia
de especies amenazadas, se presentará al órgano competente de la Junta de Andalucía
al menos 30 días antes de la comunicación de inicio de las obras, de tal manera que
pueda ser objeto de modificación por parte de dicho organismo.
– De forma previa al inicio de las obras y durante la ejecución de éstas, se realizará
una prospección del terreno por parte de técnicos profesionales en la materia y en
colaboración con los técnicos y agentes de medio ambiente de la zona, con objeto de
identificar la presencia de las especies de fauna amenazada, así como nidos y/o
refugios. Si se diese esta circunstancia, se paralizarán las obras en la zona y se avisará
al órgano competente de la Junta de Andalucía, quien determinará las medidas a
adoptar al respecto.
– Dado que en el área de actuación existen en la actualidad apoyos en líneas
eléctricas que suponen riesgo para la avifauna, por ser zona de campeo y/o nidificación
de rapaces catalogadas, se deberá proceder a la corrección de estos. Se concretarán los
apoyos peligrosos en las líneas eléctricas que deben ser corregidos (públicas o
privadas), así como los posibles tramos de balizamiento en las líneas eléctricas
existentes en el entorno de la línea eléctrica a su paso por la ZPP del Parque Nacional.
El promotor consensuará esta actuación con la Delegación Territorial de Málaga de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de
Andalucía.
– El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y
Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de
restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto,
incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las
superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido con
carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Andalucía
para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las
plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal de la SE Ronda a
realizar, durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras
y riegos de mantenimiento si fuera preciso.
– Será necesario realizar una actividad arqueológica preventiva consistente en el
control arqueológico de movimientos de tierras en toda la superficie afectada por las
obras. Una vez finalizada dicha actividad arqueológica se presentará ante la citada
Delegación Territorial la correspondiente Memoria Preliminar en la que se determinarán
las medidas correctoras oportunas, así como las medidas de conservación que fueran
necesarias en su caso.
– Realizada la actividad arqueológica y evaluados sus resultados, la citada
Delegación Territorial determinará las previsiones que habrán de incluirse en el
correspondiente proyecto para garantizar, en su caso, la protección, conservación y
difusión de restos arqueológicos.
– Se solicitará autorización a la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía para la
cve: BOE-A-2025-12165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 144