Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12149)
Resolución de 9 de junio de 2025, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa, para la ejecución de acciones de promoción comercial exterior dentro del Programa Pyme Global de la Cámara de Comercio de España, financiado por FEDER en el marco del «Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de junio de 2025

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dinamización económica y social de su área de influencia, configurándose como una
verdadera agencia de desarrollo local. Para ello ha realizado actuaciones de especial
relevancia para el desarrollo económico de su área de influencia, tales como la creación
y promoción de suelo empresarial, el impulso al emprendimiento, la prestación de
servicios de información a las empresas, etc. Entre estas actividades, tienen especial
relevancia las relacionadas con el fomento del comercio internacional y, en general, de la
internacionalización de las empresas.
Entre las obligaciones que asume el Consorcio de la Zona Franca de Vigo con el
presente convenio, además de las señaladas en otros puntos de este acuerdo, están las
siguientes:
5.1 Organizar y realizar las actividades correspondientes a un encuentro
empresarial para pymes gallegas pertenecientes al sector pesquero, conservero y
elaboración de productos del mar coincidiendo con la feria Conxemar que se celebrará
en Vigo los días 7,8 y 9 de octubre de 2025 y a una misión comercial inversa para pymes
gallegas pertenecientes al sector de la subcontratación industrial que se celebrará en
Vigo los días 17 a 20 de junio de 2025, gestionando su realización en colaboración con la
Cámara.
5.2 Colaborar en el desarrollo de las acciones objeto de este convenio, y
especialmente en la difusión de las convocatorias y comunicación a posibles empresas
beneficiarias de las mismas.
5.3 Participar en la definición de las condiciones de admisibilidad y participación de
las empresas en las acciones objeto del convenio, así como vigilar su aplicación.
5.4 Colaborar activamente en la comisión de seguimiento prevista en este
convenio.
5.5 Aportar la cofinanciación pública nacional prevista en la cláusula segunda del
convenio, según las cantidades que correspondan de la aplicación de los porcentajes en
ella recogidas a los importes de gasto subvencionable aceptados por los auditores
externos del programa designados por la Cámara de Comercio de España. La Cámara
presentará al Consorcio Zona Franca de Vigo una solicitud de cobro acompañada de
certificado del secretario de la misma sobre los gastos incurridos.
5.6 Asumir los gastos correspondientes a acciones de apoyo incluidos en el anexo
I, que no están incluidos en los gastos subvencionables aceptados por los auditores
externos del programa designados por la Cámara de Comercio de España tales como
los importes no subvencionables por superar el máximo de las bolsas de viaje
subvencionables según origen de los importadores, mejora en el montaje del stand de
Conxemar, un cóctel, una cena u otras atenciones protocolarias.
Sexta. Comisión Mixta de Seguimiento.
Para velar por el cumplimiento de lo estipulado, se constituirá una Comisión Mixta de
Seguimiento de la ejecución del convenio de composición paritaria, formada por dos
representantes de la Cámara y dos representantes del Consorcio de la Zona Franca de
Vigo, que se reunirá a petición de una de las partes, y que actuará como órgano de
vigilancia, seguimiento y control de lo establecido en este convenio, incluido todo lo
referente a la alteración, modificación o sustitución de las acciones individuales por otras
siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del convenio.
Los representantes de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa serán designados por el
presidente de esta.
Los representantes del Consorcio de la Zona Franca de Vigo serán designados por el
Delegado Especial del Estado en el mismo.

cve: BOE-A-2025-12149
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Núm. 144