Ministerio de Juventud E Infancia. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-12192)
Resolución de 9 de junio de 2025, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan los Premios Nacionales de Juventud para el año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 79061
Sexto.
Subsanación de errores.
Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en la Orden
SCB/960/2018, de 10 de septiembre, y esta convocatoria o cualquiera de los previstos
en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se requerirá a las personas
solicitantes para que, en el plazo de diez días hábiles, subsanen las faltas o acompañen
los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 68.1 de la citada ley. Si
así no lo hiciere se tendrá por desistida la solicitud, previa notificación de la resolución de
cve: BOE-A-2025-12192
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de la categoría de Cultura, cuando la candidatura vaya asociada a una
obra artística concreta, no se presentará el original de la misma, sino una reproducción
de ésta como parte de la memoria. Los formatos que admite la sede electrónica son jpg,
jpeg pdf, doc, docx, xls, xlsx, txt, rtf, odf, tif, tiff y zip; si el formato del archivo fuera
diferente a los indicados o su tamaño excediese al permitido en la sede, deberá
aportarse la documentación mediante un enlace de descarga o visualización, o bien en
un dispositivo USB, enviándolo al efecto por correo certificado o mediante su
presentación en registro y poniendo el número de registro que se ha obtenido al
presentar la solicitud y demás documentación por sede electrónica.
b) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada
que postula la candidatura, mediante certificado del registro en el que se encuentra
válidamente inscrita en el que se acredite su personalidad jurídica y vigencia actual.
c) Currículum del candidato.
d) Documento en el que el candidato al premio presta su consentimiento para que
la entidad pública o privada presente su candidatura a los premios nacionales de
juventud (anexo II de la presente convocatoria).
e) Fotocopia del DNI/NIE del candidato o autorización expresa del candidato para
que el órgano competente pueda comprobar los datos mediante el Sistema de
Verificación de Datos de Identidad, conforme al Real Decreto 522/2006, de 28 de abril,
por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los
procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes (anexo III de la presente convocatoria).
f) Declaración expresa del candidato de que, de conformidad con lo establecido en
el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos
Digitales, queda informado de que el tratamiento de los datos personales facilitados por
él en el formulario de solicitud se realizará única y exclusivamente a los efectos de
gestión de este procedimiento. En ningún caso, los datos serán objeto de comunicación
o cesión a terceros sin contar con el consentimiento expreso del afectado, salvo en
aquellos casos legalmente previstos (anexo IV de la presente convocatoria).
g) Reconocimiento expreso del candidato de que queda informado de que puede
ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento,
oposición o portabilidad, en el caso de que se den los requisitos establecidos en el
Reglamento General de Protección de Datos, así como en la Ley 3/2018, de Protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales, mediante la sede electrónica (https://
juventudeinfancia.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=100085) o dirigiendo un escrito
al responsable del tratamiento en el Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset 71,
28006, Madrid) o al correo electrónico delegadoprotecciondatos@injuve.es. Dicha
comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud,
dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma (anexo IV de la presente convocatoria).
h) Autorización expresa del candidato, conforme al artículo 11 de la Orden
SCB/960/2018, de 10 de septiembre, a que el Instituto de la Juventud pueda utilizar,
publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter
informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico,
como en Internet (anexo IV de la presente convocatoria).
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 79061
Sexto.
Subsanación de errores.
Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en la Orden
SCB/960/2018, de 10 de septiembre, y esta convocatoria o cualquiera de los previstos
en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se requerirá a las personas
solicitantes para que, en el plazo de diez días hábiles, subsanen las faltas o acompañen
los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 68.1 de la citada ley. Si
así no lo hiciere se tendrá por desistida la solicitud, previa notificación de la resolución de
cve: BOE-A-2025-12192
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de la categoría de Cultura, cuando la candidatura vaya asociada a una
obra artística concreta, no se presentará el original de la misma, sino una reproducción
de ésta como parte de la memoria. Los formatos que admite la sede electrónica son jpg,
jpeg pdf, doc, docx, xls, xlsx, txt, rtf, odf, tif, tiff y zip; si el formato del archivo fuera
diferente a los indicados o su tamaño excediese al permitido en la sede, deberá
aportarse la documentación mediante un enlace de descarga o visualización, o bien en
un dispositivo USB, enviándolo al efecto por correo certificado o mediante su
presentación en registro y poniendo el número de registro que se ha obtenido al
presentar la solicitud y demás documentación por sede electrónica.
b) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada
que postula la candidatura, mediante certificado del registro en el que se encuentra
válidamente inscrita en el que se acredite su personalidad jurídica y vigencia actual.
c) Currículum del candidato.
d) Documento en el que el candidato al premio presta su consentimiento para que
la entidad pública o privada presente su candidatura a los premios nacionales de
juventud (anexo II de la presente convocatoria).
e) Fotocopia del DNI/NIE del candidato o autorización expresa del candidato para
que el órgano competente pueda comprobar los datos mediante el Sistema de
Verificación de Datos de Identidad, conforme al Real Decreto 522/2006, de 28 de abril,
por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los
procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes (anexo III de la presente convocatoria).
f) Declaración expresa del candidato de que, de conformidad con lo establecido en
el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos
Digitales, queda informado de que el tratamiento de los datos personales facilitados por
él en el formulario de solicitud se realizará única y exclusivamente a los efectos de
gestión de este procedimiento. En ningún caso, los datos serán objeto de comunicación
o cesión a terceros sin contar con el consentimiento expreso del afectado, salvo en
aquellos casos legalmente previstos (anexo IV de la presente convocatoria).
g) Reconocimiento expreso del candidato de que queda informado de que puede
ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento,
oposición o portabilidad, en el caso de que se den los requisitos establecidos en el
Reglamento General de Protección de Datos, así como en la Ley 3/2018, de Protección de
datos personales y garantía de los derechos digitales, mediante la sede electrónica (https://
juventudeinfancia.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=100085) o dirigiendo un escrito
al responsable del tratamiento en el Instituto de la Juventud (C/ José Ortega y Gasset 71,
28006, Madrid) o al correo electrónico delegadoprotecciondatos@injuve.es. Dicha
comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud,
dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma (anexo IV de la presente convocatoria).
h) Autorización expresa del candidato, conforme al artículo 11 de la Orden
SCB/960/2018, de 10 de septiembre, a que el Instituto de la Juventud pueda utilizar,
publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter
informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico,
como en Internet (anexo IV de la presente convocatoria).