Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2025-12394)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la gestión de la convocatoria del programa de ayudas «Severo Ochoa» para la formación en investigación y docencia del Principado de Asturias correspondiente a 2022.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 81155
enseñanzas especializadas y de postgrado. Por lo tanto, es objetivo prioritario del CSIC
apoyar la concurrencia de candidatos a las ayudas convocadas por la Administración del
Principado de Asturias como medio de mejorar la formación, del personal investigador
así como la producción científica, y la actualización de conocimiento en enseñanzas
especializadas y en estudios de tercer ciclo.
Que, el CSIC como entidad con personalidad jurídica única, cuenta dentro de su
estructura con institutos de investigación que ofrecen un ambiente adecuado para la
formación de personal investigador a través de la elaboración de tesis doctorales, lo que
permite acoger a beneficiarios de las ayudas predoctorales del programa «Severo
Ochoa» para el año 2022.
Que en los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se especifican, entre otros, los requisitos para obtener la condición de
beneficiario o entidad colaboradora y las obligaciones de esta última, regulándose
asimismo los aspectos esenciales que ha de reunir el convenio a suscribir entre el
órgano administrativo concedente y dicha entidad colaboradora.
Que asimismo es objetivo prioritario del CSIC apoyar la concurrencia de candidatos a
las ayudas convocadas por la Administración del Principado de Asturias como medio de
mejorar la formación de los estudiantes, así como la producción científica, y la
actualización de conocimiento en postgrado.
Que en materia de formación y de movilidad, el CSIC cuenta con los programas,
recursos humanos y materiales adecuados para llevar a buen fin la capacitación de
personas que puedan dedicarse en el futuro a la investigación científica, la docencia
universitaria o la actividad profesional altamente especializada.
Que ambas partes consideran que, por razones de eficacia y eficiencia en la gestión
y con el fin de conseguir la mejor prestación de servicios a las personas beneficiarias de
las ayudas, y de conformidad con los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, es procedente la firma del presente convenio de
colaboración.
Por todo lo expuesto, ambas partes reconocen que existe el marco jurídico que
permite la realización de convenios entre instituciones y que tienen capacidad legal y
competencia suficiente para formalizar un convenio de colaboración entre ellas, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto la asunción por el CSIC de la condición de
entidad colaboradora a los efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como fijar el marco de colaboración entre las
entidades firmantes para la mejor gestión de la convocatoria del Programa de Ayudas
«Severo Ochoa» para la formación en investigación y docencia del Principado de
Asturias en el año 2022 (en adelante «la convocatoria»), cuya finalidad es fomentar la
formación docente e investigadora de estudiantes de doctorado en el Principado de
Asturias mediante la realización de una tesis doctoral en un centro de adscripción
radicado en el Principado de Asturias, así como financiar la contratación laboral durante
la fase inicial de la etapa postdoctoral, orientada al perfeccionamiento y especialización
profesional del personal investigador, de las personas beneficiarias de una ayuda
«Severo Ochoa» que obtengan el título de Doctor o Doctora antes de iniciar el cuarto
año de la ayuda.
Segunda.
Marco jurídico.
1. El presente convenio, que se formaliza al amparo de la convocatoria del
Programa de Ayudas «Severo Ochoa» para la formación en investigación y docencia del
cve: BOE-A-2025-12394
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 81155
enseñanzas especializadas y de postgrado. Por lo tanto, es objetivo prioritario del CSIC
apoyar la concurrencia de candidatos a las ayudas convocadas por la Administración del
Principado de Asturias como medio de mejorar la formación, del personal investigador
así como la producción científica, y la actualización de conocimiento en enseñanzas
especializadas y en estudios de tercer ciclo.
Que, el CSIC como entidad con personalidad jurídica única, cuenta dentro de su
estructura con institutos de investigación que ofrecen un ambiente adecuado para la
formación de personal investigador a través de la elaboración de tesis doctorales, lo que
permite acoger a beneficiarios de las ayudas predoctorales del programa «Severo
Ochoa» para el año 2022.
Que en los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se especifican, entre otros, los requisitos para obtener la condición de
beneficiario o entidad colaboradora y las obligaciones de esta última, regulándose
asimismo los aspectos esenciales que ha de reunir el convenio a suscribir entre el
órgano administrativo concedente y dicha entidad colaboradora.
Que asimismo es objetivo prioritario del CSIC apoyar la concurrencia de candidatos a
las ayudas convocadas por la Administración del Principado de Asturias como medio de
mejorar la formación de los estudiantes, así como la producción científica, y la
actualización de conocimiento en postgrado.
Que en materia de formación y de movilidad, el CSIC cuenta con los programas,
recursos humanos y materiales adecuados para llevar a buen fin la capacitación de
personas que puedan dedicarse en el futuro a la investigación científica, la docencia
universitaria o la actividad profesional altamente especializada.
Que ambas partes consideran que, por razones de eficacia y eficiencia en la gestión
y con el fin de conseguir la mejor prestación de servicios a las personas beneficiarias de
las ayudas, y de conformidad con los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, es procedente la firma del presente convenio de
colaboración.
Por todo lo expuesto, ambas partes reconocen que existe el marco jurídico que
permite la realización de convenios entre instituciones y que tienen capacidad legal y
competencia suficiente para formalizar un convenio de colaboración entre ellas, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto la asunción por el CSIC de la condición de
entidad colaboradora a los efectos de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como fijar el marco de colaboración entre las
entidades firmantes para la mejor gestión de la convocatoria del Programa de Ayudas
«Severo Ochoa» para la formación en investigación y docencia del Principado de
Asturias en el año 2022 (en adelante «la convocatoria»), cuya finalidad es fomentar la
formación docente e investigadora de estudiantes de doctorado en el Principado de
Asturias mediante la realización de una tesis doctoral en un centro de adscripción
radicado en el Principado de Asturias, así como financiar la contratación laboral durante
la fase inicial de la etapa postdoctoral, orientada al perfeccionamiento y especialización
profesional del personal investigador, de las personas beneficiarias de una ayuda
«Severo Ochoa» que obtengan el título de Doctor o Doctora antes de iniciar el cuarto
año de la ayuda.
Segunda.
Marco jurídico.
1. El presente convenio, que se formaliza al amparo de la convocatoria del
Programa de Ayudas «Severo Ochoa» para la formación en investigación y docencia del
cve: BOE-A-2025-12394
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.