Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-12411)
Sala Segunda. Sentencia 113/2025, de 12 de mayo de 2025. Recurso de amparo 5901-2024. Promovido por doña Janire Matos Mínguez en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Miércoles 18 de junio de 2025

Sec. TC. Pág. 81345

5. Solicitada por el letrado de la administración de la Seguridad Social su
personación en nombre del INSS y de la Tesorería General de la Seguridad Social,
mediante diligencia de ordenación del secretario de justicia de la Sala Segunda de este
tribunal de 27 de febrero de 2025, se acordó tenerle por personado y parte y dar vista de
las actuaciones recibidas a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, por plazo común
de veinte días, a fin de presentar las alegaciones que estimasen pertinentes, conforme
determina el art. 52.1 LOTC.
6. El 24 de marzo de 2025 el letrado de la administración de la Seguridad Social
presentó sus alegaciones, señalando que, a la vista de lo resuelto por este tribunal en la
STC 140/2024, de 6 de noviembre, dictada en la cuestión de inconstitucionalidad
núm. 6694-2023, y seguida de posteriores dictadas en recursos de amparo, la dirección
del servicio jurídico de la Seguridad Social dictó la Instrucción 10/2024, de 23 de
diciembre, de la que se acompaña copia, en la que se autoriza a los letrados de la
administración de la Seguridad Social para allanarse en los recursos de amparo
pendientes ante el Tribunal Constitucional que resulten afectados por lo establecido en el
fundamento jurídico séptimo de la STC 140/2024. En consecuencia, solicita a este
tribunal que tenga por realizado el allanamiento a la demanda en el presente recurso de
amparo.
7. El día 28 de marzo de 2025, el Ministerio Fiscal interesó la estimación del
recurso de amparo, en aplicación de lo resuelto en la STC 140/2024, de 6 de noviembre.
8. El 31 de marzo de 2025, la representación procesal de la demandante presentó
su escrito de alegaciones, poniendo de manifiesto que debe proyectarse al presente
asunto lo resuelto en la STC 140/2024, de 6 de noviembre, lo que ha de conducir al
otorgamiento del amparo solicitado.
9. Mediante providencia de 8 de mayo de 2025 se señaló para deliberación y
votación de la presente sentencia el día 12 del mismo mes y año.
II.

Aplicación de la doctrina sentada en la STC 140/2024, de 6 de noviembre.

El objeto del presente recurso de amparo es dilucidar si las resoluciones
administrativas y judiciales impugnadas han quebrantado el derecho garantizado por el
art. 14 CE, como sostiene la demandante, por incurrir en discriminación indirecta de esta
por razón de sexo y en discriminación de su hijo por razón de nacimiento, como
consecuencia de no haber realizado una interpretación integradora de lo previsto en el
art. 48.4 del texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores (LET), en relación
con el art. 177 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (LGSS), en la
redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas
urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo y la ocupación, en relación con el permiso y la correspondiente
prestación económica por nacimiento y cuidado de menor previstos.
La cuestión de fondo planteada en este recurso de amparo es coincidente con la
resuelta por el Pleno del Tribunal en la STC 140/2024, de 6 de noviembre (cuestión de
inconstitucionalidad núm. 6694-2023), por lo que debemos remitirnos a sus fundamentos
jurídicos, en los que respectivamente expusimos la evolución de la doctrina
constitucional sobre la protección por nacimiento y cuidado del menor (FJ 3), el alcance
de las obligaciones que se imponen al legislador en relación con la regulación de los
permisos por nacimiento y cuidado del menor (FJ 4), la prohibición de discriminación por
razón de nacimiento en familia monoparental (FJ 5) y la legitimidad constitucional de la
diferencia de trato basada en el nacimiento en familia monoparental (FJ 6), al tiempo que
precisamos el alcance de la declaración de inconstitucionalidad realizada (FJ 7).

cve: BOE-A-2025-12411
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