Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061729)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la piscina natural de Tornavacas, en el término municipal de Tornavacas (Cáceres)". Expte.: IA24/0293.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24100
Por todo ello, en el informe emitido por el Servicio de Conservación, Expediente CN24/2974,
con fecha de firma 09/07/2024, se insta al promotor a que aclare ciertos aspectos para
hacer franqueable la piscina, y en concreto como solucionar el salto que ocasiona el muro
de la denominada Zona de restitución, que constituyendo una barrera que afecta sobre la
dinámica natural de sedimentos, y dificulta la continuidad fluvial, a la vez que impide el
remonte de truchas para desovar y completar su ciclo biológico, así como de otras especies, a consecuencias del salto, aceleración de caudales y pérdida de calado que provoca el
muro construido en la denominada “zona de restitución” como se aprecia en el plano “P05.
Perfil longitudinal” incluido en el EsIA del proyecto. A su vez, el promotor debe establecer
las especificaciones técnicas requeridas desde la Sección de Pesca de la Junta de Extremadura destinadas al normal flujo de los acarreos fluviales y la consecuente franqueabilidad
piscícola, y aclarar cómo se realizará la renovación permanente de agua durante el periodo
de baño. En respuesta a estos requerimientos, con fecha 11/02/2025, se recibe la nueva
documentación ambiental requerida, relativa al proyecto de establecimiento de zona de
baños “El Pinguero” en el río Jerte del término municipal Tornavacas, promovido por Ayuntamiento de Tornavacas.
Una vez analizada y valorada la nueva documentación aportada por el promotor, se comprueba que, incorpora los ajustes propuestos y las nuevas medidas técnicas destinadas a
mejorar la estructura existente y sus impactos ambientales. De este modo, para el diseño
de las actuaciones, se han tenido en cuenta las “Medidas en piscinas naturales para la
compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad de peces”, publicado por la Sección
de Pesca, Acuicultura y Coordinación de la Junta de Extremadura
http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/c/document_library/get_file?uuid=bf5e4998-cbbd-4ef4-aea0-d8c03983789e&groupId=10136
Se considera que el proyecto, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats, ni alteraciones sobre las poblaciones de especies por las que se han declarado los lugares de la
Red Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta compatible con los planes de
protección vigentes de las especies presentes.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente la
actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condicionantes recogidos en el presente informe.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que a la vista que las actuaciones
afectarán a vegetación forestal se informa favorablemente al proyecto siempre que se
cumplan una serie de medidas correctoras y condiciones técnicas, recogidas en el presente informe.
Viernes 2 de mayo de 2025
24100
Por todo ello, en el informe emitido por el Servicio de Conservación, Expediente CN24/2974,
con fecha de firma 09/07/2024, se insta al promotor a que aclare ciertos aspectos para
hacer franqueable la piscina, y en concreto como solucionar el salto que ocasiona el muro
de la denominada Zona de restitución, que constituyendo una barrera que afecta sobre la
dinámica natural de sedimentos, y dificulta la continuidad fluvial, a la vez que impide el
remonte de truchas para desovar y completar su ciclo biológico, así como de otras especies, a consecuencias del salto, aceleración de caudales y pérdida de calado que provoca el
muro construido en la denominada “zona de restitución” como se aprecia en el plano “P05.
Perfil longitudinal” incluido en el EsIA del proyecto. A su vez, el promotor debe establecer
las especificaciones técnicas requeridas desde la Sección de Pesca de la Junta de Extremadura destinadas al normal flujo de los acarreos fluviales y la consecuente franqueabilidad
piscícola, y aclarar cómo se realizará la renovación permanente de agua durante el periodo
de baño. En respuesta a estos requerimientos, con fecha 11/02/2025, se recibe la nueva
documentación ambiental requerida, relativa al proyecto de establecimiento de zona de
baños “El Pinguero” en el río Jerte del término municipal Tornavacas, promovido por Ayuntamiento de Tornavacas.
Una vez analizada y valorada la nueva documentación aportada por el promotor, se comprueba que, incorpora los ajustes propuestos y las nuevas medidas técnicas destinadas a
mejorar la estructura existente y sus impactos ambientales. De este modo, para el diseño
de las actuaciones, se han tenido en cuenta las “Medidas en piscinas naturales para la
compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad de peces”, publicado por la Sección
de Pesca, Acuicultura y Coordinación de la Junta de Extremadura
http://pescayrios.juntaextremadura.es/pescayrios/c/document_library/get_file?uuid=bf5e4998-cbbd-4ef4-aea0-d8c03983789e&groupId=10136
Se considera que el proyecto, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras,
no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats, ni alteraciones sobre las poblaciones de especies por las que se han declarado los lugares de la
Red Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta compatible con los planes de
protección vigentes de las especies presentes.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente la
actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condicionantes recogidos en el presente informe.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que a la vista que las actuaciones
afectarán a vegetación forestal se informa favorablemente al proyecto siempre que se
cumplan una serie de medidas correctoras y condiciones técnicas, recogidas en el presente informe.