Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061730)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24143
claración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la
calificación rústica cuando esta resulte preceptiva, de conformidad con lo previsto en
la normativa urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la instalación o actividad.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa:
• En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley
15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con
modificaciones posteriores).
• Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
• Si bien, actualmente se halla en redacción, por Resolución de 22 de marzo de 2024,
de la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda, acordando la redacción
del Plan Territorial de Villuercas-Ibores-Jara, ámbito territorial en el que se incluyen
el término municipal de Logrosán y que establecerá una nueva regulación cuando se
apruebe definitivamente.
— Ayuntamiento de Logrosán.
El Ayuntamiento de Logrosán emite informe en el que concluye que una vez analizada la
memoria para calificación rústica de la modificación del proyecto de planta de biomasa
de 49,9 MWe, Extremadura I, que forma parte del expediente IA20/0492, se informa
que es compatible con el Planeamiento Urbanístico de Logrosán.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de la calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioambientales exigibles
para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno y paisaje (letra c)
son las recogidas en la presente resolución, en la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la
Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables
Eólicos y Solares, S.L.U. en el término municipal de Logrosán (Cáceres) y en la Resolución de
Viernes 2 de mayo de 2025
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claración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la
calificación rústica cuando esta resulte preceptiva, de conformidad con lo previsto en
la normativa urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la instalación o actividad.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa:
• En relación con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre
ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley
15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, con
modificaciones posteriores).
• Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de
Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
• Si bien, actualmente se halla en redacción, por Resolución de 22 de marzo de 2024,
de la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda, acordando la redacción
del Plan Territorial de Villuercas-Ibores-Jara, ámbito territorial en el que se incluyen
el término municipal de Logrosán y que establecerá una nueva regulación cuando se
apruebe definitivamente.
— Ayuntamiento de Logrosán.
El Ayuntamiento de Logrosán emite informe en el que concluye que una vez analizada la
memoria para calificación rústica de la modificación del proyecto de planta de biomasa
de 49,9 MWe, Extremadura I, que forma parte del expediente IA20/0492, se informa
que es compatible con el Planeamiento Urbanístico de Logrosán.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y respecto al contenido de la calificación rústica, las condiciones y características de las medidas medioambientales exigibles
para preservar los valores naturales del ámbito de implantación, su entorno y paisaje (letra c)
son las recogidas en la presente resolución, en la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la
Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables
Eólicos y Solares, S.L.U. en el término municipal de Logrosán (Cáceres) y en la Resolución de