Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062166)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de instalación de una planta de aprovechamiento de residuos agropecuarios, en el término municipal de Almendralejo, cuya promotora es Biomet Plus, SL. Expte.: IA24/0023.
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NÚMERO 102
Jueves 29 de mayo de 2025

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lativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Aguas
(TRLA). La planta de biometano se ubicaría sobre la MASb “Tierra de Barros” relacionada
en el apéndice 4 de las Disposiciones Normativas del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn), aprobado por el Real Decreto
35/2023, de 24 de enero (BOE n.º 35, de 10/02/2023). Esta MASb está declarada en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico.
A continuación, se reproducen una serie de extractos del documento “estudio hidrogeológico”: “ninguna de las perforaciones efectuadas para los estudios geotécnicos y de Lefranc,
se han localizado aguas subterráneas asociada a los materiales cuaternarios y terciarios
perforados. Este hecho junto con el nicho geológico (arcillas terciarias de muy baja permeabilidad) como las medidas de impermeabilización y detección de fugas diseñadas, hace
que el riesgo de contaminación sea bajo”. […]
“No se localiza nivel freático, ya que no se localizan acuíferos de tipo libre en la zona a
menos de 5 metros de profundidad”.
[…]
“En la fecha de realización del estudio de campo no se ha encontrado agua en el terreno a
las profundidades de los sondeos realizados”.
[…]
“Desde el inicio de la actividad se llevará a cabo un control de las aguas subterráneas,
y en caso de aparición de agua freática en el piezométrico, se procederá al control de la
misma registrando de manera mensual si se observa agua freática en los piezómetros y la
profundidad y las fluctuaciones del mismo en el caso de que la hubiera”.
[…]
Dado que, según el estudio, no se ha alcanzado el nivel freático en ninguno de los ensayos
realizados, se considera justificada la no afección a las aguas subterráneas, en cuanto a la
intersección del nivel freático.
Consumo de agua. Según la documentación aportada, el proyecto requiere un volumen de
agua que asciende a la cantidad de 15.800 m3/año. Se indica asimismo que “Por el borde
de la carretera BA-012, que da acceso a las instalaciones futuras, discurre una canalización
de abastecimiento de agua que da servicio a la industria alcoholera que se encuentra en el
límite de esa misma carretera algo más arriba. La tubería, de titularidad privada y gestionada por SOCAMEX, empresa dedicada a la gestión integral del ciclo del agua en el munici-