Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025062170)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
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NÚMERO 103
Viernes 30 de mayo de 2025
30506
2. El orden de prioridad para la adjudicación de cada puesto vendrá dado por la puntuación
obtenida según el baremo de la base cuarta. En este orden, la propuesta de resolución deberá recaer sobre la candidatura a cada puesto que haya obtenido mayor puntuación total.
Si quien concursa aspira a más de un puesto de trabajo y sus calificaciones le permitieran
acceder a varios de ellos, se le adjudicará aquél que figure en primer lugar en su solicitud.
3. En caso de igualdad en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los
méritos enunciados en la base cuarta atendiendo con carácter preferente al punto 5 y con
posterioridad por el restante orden cronológico expresado. De persistir el empate, se acudirá a la mayor antigüedad como personal funcionario en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa y, en su defecto, el número obtenido en el proceso selectivo. En último término
será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.
4. L
os puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en
cuyo caso podrá optar entre ambos puestos de trabajo, teniendo obligación de comunicar
ante la Gerencia de la Universidad de Extremadura, por escrito, la opción realizada dentro
del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del puesto.
5. Los traslados que hayan de producirse por resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán el abono de indemnización
por concepto alguno.
6. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan
las condiciones y requisitos en la convocatoria o, en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar adjudicatario o adjudicataria de un puesto.
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Octava.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por:
Miembros titulares:
Preside: Juan Francisco Panduro López. Gerente de la Universidad de Extremadura.
Vocalías:
— Doña María del Mar Ojeda Pilo, funcionaria de la Escala Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.
Viernes 30 de mayo de 2025
30506
2. El orden de prioridad para la adjudicación de cada puesto vendrá dado por la puntuación
obtenida según el baremo de la base cuarta. En este orden, la propuesta de resolución deberá recaer sobre la candidatura a cada puesto que haya obtenido mayor puntuación total.
Si quien concursa aspira a más de un puesto de trabajo y sus calificaciones le permitieran
acceder a varios de ellos, se le adjudicará aquél que figure en primer lugar en su solicitud.
3. En caso de igualdad en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los
méritos enunciados en la base cuarta atendiendo con carácter preferente al punto 5 y con
posterioridad por el restante orden cronológico expresado. De persistir el empate, se acudirá a la mayor antigüedad como personal funcionario en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa y, en su defecto, el número obtenido en el proceso selectivo. En último término
será el sorteo el sistema utilizado para resolver el empate.
4. L
os puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en
cuyo caso podrá optar entre ambos puestos de trabajo, teniendo obligación de comunicar
ante la Gerencia de la Universidad de Extremadura, por escrito, la opción realizada dentro
del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del puesto.
5. Los traslados que hayan de producirse por resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán el abono de indemnización
por concepto alguno.
6. Únicamente podrán quedar puestos desiertos cuando no concurran aspirantes que reúnan
las condiciones y requisitos en la convocatoria o, en su caso, no superen la puntuación mínima exigida para resultar adjudicatario o adjudicataria de un puesto.
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Octava.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por:
Miembros titulares:
Preside: Juan Francisco Panduro López. Gerente de la Universidad de Extremadura.
Vocalías:
— Doña María del Mar Ojeda Pilo, funcionaria de la Escala Auxiliar de Servicios de la Universidad de Extremadura.