Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025062170)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociados y Unidades equivalentes).
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NÚMERO 103
Viernes 30 de mayo de 2025
30505
PUNTUACIÓN MÍNIMA
Quinta. No se adjudicarán los puestos ofertados cuando no se alcance la puntuación mínima
de cuatro puntos.
ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS
Sexta.
1. Los requisitos y méritos a que hacen referencia las bases segunda y cuarta deberán ser
acreditados mediante certificado expedido al efecto por la unidad competente en cada caso
en materia de personal, o mediante certificación del Registro Central de Personal.
2. Los cursos a los que hace referencia los puntos 3 y 7.2 de la base cuarta deberán acreditarse mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por los centros mencionados, o su inscripción en el Registro Central
de Personal.
3. Quienes concursen y procedan de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud
documentación acreditativa de la terminación del período de suspensión.
4. La acreditación del destino de su cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas
de Hecho o equivalente que acredite la relación entre quien solicita o su cónyuge o pareja.
Asimismo, se aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite
la localidad del destino de su cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña y la forma de obtención de este.
ADJUDICACIÓN DE PUESTOS
Séptima.
1. El concurso se resolverá en dos fases:
a) En la primera fase únicamente serán valoradas las solicitudes de personal funcionario de
carrera de la Universidad de Extremadura, y de quienes presten servicios en la misma,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto quienes estén en excedencia
voluntaria por interés particular salvo que cumplan el período mínimo de un año en dicha situación, y quienes tengan suspensión en firme mientras dure la suspensión.
b) En la segunda fase, para los puestos que resulten vacantes tras la conclusión de la primera, serán valoradas las solicitudes de personal proveniente de otras Administraciones
Públicas con las que se tenga convenio de reciprocidad.
Viernes 30 de mayo de 2025
30505
PUNTUACIÓN MÍNIMA
Quinta. No se adjudicarán los puestos ofertados cuando no se alcance la puntuación mínima
de cuatro puntos.
ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS
Sexta.
1. Los requisitos y méritos a que hacen referencia las bases segunda y cuarta deberán ser
acreditados mediante certificado expedido al efecto por la unidad competente en cada caso
en materia de personal, o mediante certificación del Registro Central de Personal.
2. Los cursos a los que hace referencia los puntos 3 y 7.2 de la base cuarta deberán acreditarse mediante fotocopia del diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, expedido por los centros mencionados, o su inscripción en el Registro Central
de Personal.
3. Quienes concursen y procedan de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud
documentación acreditativa de la terminación del período de suspensión.
4. La acreditación del destino de su cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas
de Hecho o equivalente que acredite la relación entre quien solicita o su cónyuge o pareja.
Asimismo, se aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite
la localidad del destino de su cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña y la forma de obtención de este.
ADJUDICACIÓN DE PUESTOS
Séptima.
1. El concurso se resolverá en dos fases:
a) En la primera fase únicamente serán valoradas las solicitudes de personal funcionario de
carrera de la Universidad de Extremadura, y de quienes presten servicios en la misma,
cualquiera que sea su situación administrativa, excepto quienes estén en excedencia
voluntaria por interés particular salvo que cumplan el período mínimo de un año en dicha situación, y quienes tengan suspensión en firme mientras dure la suspensión.
b) En la segunda fase, para los puestos que resulten vacantes tras la conclusión de la primera, serán valoradas las solicitudes de personal proveniente de otras Administraciones
Públicas con las que se tenga convenio de reciprocidad.