Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062288)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud, la Fundación Universidad Sociedad de la UEX e Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura para el desarrollo del proyecto: "Servicio de mantenimiento y gestión de la base de datos de biomarcadores farmacogenéticos en medicamentos autorizados para la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)".
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NÚMERO 108
Viernes 6 de junio de 2025
32503
Obligaciones del SES:
Poner a disposición los espacios físicos del Hospital Universitario de Badajoz, que se consideren adecuados, permitiendo la estancia del personal contratado por la por la Fundación
para el desarrollo de las actividades del Proyecto.
Obligaciones de la Fundación.
La Fundación se compromete a gestionar el contrato del personal con cargo al proyecto
bajo la dirección del responsable, Dr. Adrián Llerena.
Obligaciones de INUBE.
Revisar las Fichas Técnicas de la AEMPS, en documentos accesibles en la base CIMA:
https://cima.aemps.es/cima/publico/home.html, y su análisis.
Cuarta. Compromisos de naturaleza económica.
El presente convenio no conlleva ningún compromiso económico-financiero para ninguna de
las partes firmantes.
Quinta. Eficacia del convenio y periodo de vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de la última firma electrónica y expirará el
31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de su posible prórroga, mediante adenda, antes de la
finalización del periodo de vigencia.
Sexta. Causas de modificación del convenio.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados previo acuerdo unánime entre las
partes suscriptoras, a través de la correspondiente adenda.
Séptima. Seguimiento y control de las actuaciones.
A los efectos de coordinar y controlar el cumplimiento de las disposiciones del presente convenio, las partes pactan la creación de una Comisión de Seguimiento que estará́ constituida por:
• El Director Gerente del SES o persona que designe.
• El Director Gerente de la Fundación o persona que designe.
• El Director del Proyecto de INUBE o persona que designe.
Viernes 6 de junio de 2025
32503
Obligaciones del SES:
Poner a disposición los espacios físicos del Hospital Universitario de Badajoz, que se consideren adecuados, permitiendo la estancia del personal contratado por la por la Fundación
para el desarrollo de las actividades del Proyecto.
Obligaciones de la Fundación.
La Fundación se compromete a gestionar el contrato del personal con cargo al proyecto
bajo la dirección del responsable, Dr. Adrián Llerena.
Obligaciones de INUBE.
Revisar las Fichas Técnicas de la AEMPS, en documentos accesibles en la base CIMA:
https://cima.aemps.es/cima/publico/home.html, y su análisis.
Cuarta. Compromisos de naturaleza económica.
El presente convenio no conlleva ningún compromiso económico-financiero para ninguna de
las partes firmantes.
Quinta. Eficacia del convenio y periodo de vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de la última firma electrónica y expirará el
31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de su posible prórroga, mediante adenda, antes de la
finalización del periodo de vigencia.
Sexta. Causas de modificación del convenio.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados previo acuerdo unánime entre las
partes suscriptoras, a través de la correspondiente adenda.
Séptima. Seguimiento y control de las actuaciones.
A los efectos de coordinar y controlar el cumplimiento de las disposiciones del presente convenio, las partes pactan la creación de una Comisión de Seguimiento que estará́ constituida por:
• El Director Gerente del SES o persona que designe.
• El Director Gerente de la Fundación o persona que designe.
• El Director del Proyecto de INUBE o persona que designe.