Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040085)
Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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Respecto al principio de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
Asimismo, se han tomado en consideración el artículo 16 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo,
de Educación de Extremadura, en orden a asegurar en el sistema educativo extremeño una
educación en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y para ello
adoptar las acciones o medidas positivas que resulten necesarias, así como la Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura, en el sentido de promocionar en los ámbitos educativos, formativo, cultural y
deportivo, la igualdad efectiva de oportunidades entre mujeres y hombres, de acuerdo con
su capítulo 1, el artículo 33 relativo a los principios de igualdad en educación, y el artículo 34
sobre la promoción de igualdad de género en los centros educativos.
Toda la información correspondiente a este decreto se hallará en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites, que podrá consultarse en https://www.juntaex.es
Como novedad, al objeto de resolver la correspondiente convocatoria en el menor tiempo
posible y dar respuesta a las personas que pudieran resultar beneficiarias, el plazo máximo
de notificación de la resolución de la convocatoria de becas complementarias para estudios de
enseñanzas universitarias será de tres meses, conforme a la norma general establecida en el
artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.
Por lo expuesto, en virtud de lo previsto en el artículo 16 y 23.1 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la
Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su sesión de 27 de mayo de 2025.
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene como objeto establecer las bases que regulan la concesión de becas
complementarias para sufragar los gastos derivados de la necesidad de residir de la persona
solicitante fuera del domicilio familiar durante el curso académico de la convocatoria, para la
realización de estudios conducentes a la obtención de un título oficial de:
1. G
 rado en la Universidad de Extremadura.
2. Grado en cualquier universidad pública del territorio español, siempre que dichos estudios,
de carácter presencial, no sean impartidos en la Universidad de Extremadura, o no se hubiera obtenido plaza por no alcanzar la nota de corte en la Universidad de Extremadura en
el curso académico en el que ingresó en la Universidad.