Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062343)
Resolución de 1 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica de la modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Alcántara. Expte.: IA20/1250.
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NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

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clasificado como suelo no urbanizable de especial protección, convendrá matizar en
los ámbitos del SNUEP que quede prohibido (II), además de “excepto cruzamientos
de instalaciones de distribución y transporte” deberá incluir el texto “previa autorización de ésta Consejería”.


Por tanto, se emite informe favorable a la modificación puntual n.º 9 Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Alcántara, teniendo en cuenta las consideraciones expuestas.
— Servicio de Regadíos. Las parcelas donde se ubica el proyecto objeto de este Informe
no están incluidas en Zonas Regables de Extremadura declaradas de Interés General
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares, no siendo,
por tanto, de aplicación, la siguiente normativa, Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de enero de 1973, Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura y Decreto 141/2021, de 21 de diciembre, por el que
se regulan los usos y actividades compatibles y complementarios con el regadío en
zonas regables de Extremadura declaradas de interés general de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Nación o Singulares. A efectos de Zonas Regables Oficiales, siendo así que este Servicio no se considera órgano gestor de intereses públicos
existentes en la zona, por lo que no compete al mismo pronunciamiento alguno.
— Servicio de Ordenación del Territorio. En relación con la consulta de referencia se
informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo
y Ordenación Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo,
no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general
(Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan
Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019. Si bien,
actualmente se halla en redacción, por RESOLUCIÓN de 10 de Enero de 2019, de la
Secretaría General, acordando la formulación del Plan Territorial de Tajo-Salor, ámbito territorial en el que se incluyen el término municipal de Alcántara y que establecerá una nueva regulación cuando se apruebe definitivamente.
— Confederación Hidrográfica del Tajo. Informa:



Zonas protegidas. En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en
el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo