Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025062384)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2025/2026.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Miércoles 11 de junio de 2025

33722

Consejera de Educación Ciencia y Formación Profesional.
La Comisión tendrá las siguientes atribuciones:
a) Análisis de la documentación presentada por los centros.
b) Petición de los informes y documentación complementaria que se estimen necesarios.
c) Elaboración de informes en los que se concreten los resultados de las evaluaciones
efectuadas, para elevarlos al órgano instructor que deberá emitir las correspondientes
propuestas de resolución.
La Comisión de Valoración se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuesto para los órganos colegiados en la sección tercera, del capítulo II del título preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimoctavo. Propuesta, resolución y notificación.
A la vista de los informes emitidos por la Comisión de Valoración, la Unidad Económico-Administrativa formulará la correspondiente propuesta de resolución a la Dirección General del
Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, que dictará la resolución
expresa y motivada desde la elevación de aquélla. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración.
El informe de la Comisión de Valoración es vinculante para el órgano instructor que no podrá
separarse de dicho informe para formular la propuesta de resolución de conformidad con el
artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
La concesión de la subvención será resuelta y notificada por el Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios a partir de la fecha en que la solicitud
haya sido registrada en la plataforma Rayuela, en virtud de la Resolución de la Presidenta del
EPESEC de fecha 1 de marzo de 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura, n.º 47,
de 9 de marzo. La falta de notificación de la resolución expresa legitima al interesado para entenderla desestimada por silencio administrativo conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del
artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Frente a la resolución expresa o presunta del procedimiento, el interesado
podrá interponer los recursos que procedan, de conformidad con la normativa vigente.
La concesión de las ayudas se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. En los supuestos previstos en el artículo 17.2 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura