Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040082)
Decreto 45/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de jóvenes como personal de apoyo a la investigación, "Programa Atraigo Talento", y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34369
que estén en posesión de un título universitario o de un título de técnico superior del Grado
D o de un título de Especialista o Máster Profesional incluidos en el Grado E del sistema
de Formación Profesional o títulos equivalentes (Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
ordenación e integración de la Formación Profesional).
4. L
os contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial y comunicarse al Servicio
Extremeño Público de Empleo.
5. L
os requisitos regulados en este artículo afectarán, tanto a la contratación por la que
inicialmente se solicita subvención, como a aquellas contrataciones que se realicen para
sustituir a la misma.
Artículo 7. Ámbitos de intervención subvencionadas.
Podrán ser objeto de subvención las contrataciones de personal de apoyo a la investigación
para la ejecución de proyectos de investigación e innovación que se desarrollen en las siguientes áreas (Anexo I):
1. G
rupo 1: Áreas prioritarias de la ciencia alineadas con las establecidas a nivel europeo conforme al Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril
de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación “Horizonte
Europa”, se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1290/2013 y (UE) n.º 1291/2013.
2. G
rupo 2: Áreas científicas y de conocimiento alineadas con las prioridades establecidas en
la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura durante el periodo 2021-2027 (RIS3 Extremadura 2027).
3. G
rupo 3: Áreas científico-tecnológicas diferentes a las recogidas en los grupos 1 y 2.
Artículo 8. Proyectos de investigación.
1. Las entidades seleccionarán los proyectos de investigación que vayan a presentar en cada
convocatoria según sus propios criterios científicos, técnicos y económicos.
2. Para acceder a las subvenciones previstas en el presente decreto, las entidades solicitantes
deberán presentar una memoria del proyecto que van a desarrollar, cuyo contenido mínimo
será:
a. Contenido del proyecto, con expresión de las actividades de I+D+i en las que participará
la persona a contratar, que deberán estar encuadradas en alguna de las áreas definidas
en el artículo anterior.
Martes 17 de junio de 2025
34369
que estén en posesión de un título universitario o de un título de técnico superior del Grado
D o de un título de Especialista o Máster Profesional incluidos en el Grado E del sistema
de Formación Profesional o títulos equivalentes (Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
ordenación e integración de la Formación Profesional).
4. L
os contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial y comunicarse al Servicio
Extremeño Público de Empleo.
5. L
os requisitos regulados en este artículo afectarán, tanto a la contratación por la que
inicialmente se solicita subvención, como a aquellas contrataciones que se realicen para
sustituir a la misma.
Artículo 7. Ámbitos de intervención subvencionadas.
Podrán ser objeto de subvención las contrataciones de personal de apoyo a la investigación
para la ejecución de proyectos de investigación e innovación que se desarrollen en las siguientes áreas (Anexo I):
1. G
rupo 1: Áreas prioritarias de la ciencia alineadas con las establecidas a nivel europeo conforme al Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril
de 2021 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación “Horizonte
Europa”, se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1290/2013 y (UE) n.º 1291/2013.
2. G
rupo 2: Áreas científicas y de conocimiento alineadas con las prioridades establecidas en
la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura durante el periodo 2021-2027 (RIS3 Extremadura 2027).
3. G
rupo 3: Áreas científico-tecnológicas diferentes a las recogidas en los grupos 1 y 2.
Artículo 8. Proyectos de investigación.
1. Las entidades seleccionarán los proyectos de investigación que vayan a presentar en cada
convocatoria según sus propios criterios científicos, técnicos y económicos.
2. Para acceder a las subvenciones previstas en el presente decreto, las entidades solicitantes
deberán presentar una memoria del proyecto que van a desarrollar, cuyo contenido mínimo
será:
a. Contenido del proyecto, con expresión de las actividades de I+D+i en las que participará
la persona a contratar, que deberán estar encuadradas en alguna de las áreas definidas
en el artículo anterior.