Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2025040082)
Decreto 45/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de jóvenes como personal de apoyo a la investigación, "Programa Atraigo Talento", y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025
34367
5. Las ayudas establecidas en el presente decreto son incompatibles con cualesquiera otras
para la misma o análoga finalidad, percibidas de esta u otras administraciones públicas,
salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social.
En cualquier caso, el importe de la subvención nunca podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el
coste de la actividad subvencionada.
Artículo 4. Régimen comunitario de las ayudas.
Estas ayudas no constituyen una ayuda de Estado, en los términos previstos en los artículos
107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pues su concesión no falsea,
ni amenaza falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones,
ya que no se conceden ventajas a las empresas, sino que se busca mejorar la empleabilidad
de los trabajadores.
Artículo 5. Entidades beneficiarias y requisitos.
1. P
odrán tener la condición de beneficiarias de la subvención en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de este decreto, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las siguientes entidades:
a. Los siguientes agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación:
— Universidad de Extremadura.
— Centros Públicos y Privados de I+D+I de Extremadura.
— Las Fundaciones Públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades
I+D+I.
b. Las entidades con centro de investigación, ciencia e innovación pertenecientes a la red
del Mapa Integral de Recursos para la Empresa y el Empleo en Extremadura (MIREE),
cuya relación se encuentra identificada en
https://extremaduraempresarial.es/mire/listado-de-resultados/?centros-tecnologicos=on&tipo=3&localidad=
2. P
ara poder acceder a las ayudas reguladas en este decreto, las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Martes 17 de junio de 2025
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5. Las ayudas establecidas en el presente decreto son incompatibles con cualesquiera otras
para la misma o análoga finalidad, percibidas de esta u otras administraciones públicas,
salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social.
En cualquier caso, el importe de la subvención nunca podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el
coste de la actividad subvencionada.
Artículo 4. Régimen comunitario de las ayudas.
Estas ayudas no constituyen una ayuda de Estado, en los términos previstos en los artículos
107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pues su concesión no falsea,
ni amenaza falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones,
ya que no se conceden ventajas a las empresas, sino que se busca mejorar la empleabilidad
de los trabajadores.
Artículo 5. Entidades beneficiarias y requisitos.
1. P
odrán tener la condición de beneficiarias de la subvención en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de este decreto, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, las siguientes entidades:
a. Los siguientes agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación:
— Universidad de Extremadura.
— Centros Públicos y Privados de I+D+I de Extremadura.
— Las Fundaciones Públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades
I+D+I.
b. Las entidades con centro de investigación, ciencia e innovación pertenecientes a la red
del Mapa Integral de Recursos para la Empresa y el Empleo en Extremadura (MIREE),
cuya relación se encuentra identificada en
https://extremaduraempresarial.es/mire/listado-de-resultados/?centros-tecnologicos=on&tipo=3&localidad=
2. P
ara poder acceder a las ayudas reguladas en este decreto, las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.