Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062431)
Resolución de 10 de junio de 2025, la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico para personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

34742

f. P
 ublicar las listas provisionales de baremación conforme al anexo IV, y las listas provisionales de excluidos, de acuerdo con el anexo V, en los tablones de anuncio de los centros.
g. R
 esolver las reclamaciones presentadas a los listados provisionales de baremación y
a los listados provisionales de admitidos y excluidos, presentadas por los interesados
mediante el anexo VI.
h. Publicar las listas definitivas de baremación, conforme al anexo IV y las listas definitivas
de excluidos conforme al anexo V, en los tablones de anuncios de los centros.
i. Realizar la adjudicación de vacantes, conforme al resuelvo décimo cuarto.
j. Ejecutar y publicar las resoluciones de admisión del alumnado que emita la correspondiente Comisión de escolarización en su caso.
k. Mecanizar las correspondientes matrículas en la Plataforma Educativa Rayuela.
Décimo cuarto. Adjudicación de vacantes escolares.
1. E
 n los centros donde existan más vacantes que solicitudes presentadas, los equipos directivos harán públicos, en los correspondientes tablones de anuncios, los listados de admitidos
y adjudicarán las vacantes, respetando lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE
núm. 294, de 6 de diciembre de 2018).
2. E
 n los centros donde existan más solicitudes presentadas que puestos escolares vacantes,
los equipos directivos, bajo la supervisión de la Comisión de Escolarización, finalizado el
plazo de presentación de las solicitudes y analizada la documentación, realizarán el siguiente procedimiento de adjudicación:
a. La adjudicación de vacantes escolares se realizará en función de la puntuación obtenida
por aplicación del baremo establecido en el anexo II de esta resolución, en orden decreciente. La publicación de los listados provisionales de adjudicación se realizará conforme
el anexo VII de esta resolución para cada ámbito o módulo, y en los plazos fijados.
b. S
 i se produjeran empates en la baremación, se resolverán según la Resolución de 11 de
abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad al
resultado del sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de
los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2025 (DOE
núm. 77, de 23 de abril de 2025). De este modo, los solicitantes empatados se ordenarán alfabéticamente a partir de la letra extraída para el primer apellido, que para el
presente año ha sido la letra “J”.