Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062431)
Resolución de 10 de junio de 2025, la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico para personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

34743

c. La reclamación a estos listados, conforme al modelo incluido en el anexo VIII, se hará
en las fechas indicadas en el calendario de actuaciones.
d. R
 esueltas por el órgano correspondiente las reclamaciones a las listas provisionales,
se harán públicos los listados de adjudicación definitivos de ámbitos y módulos profesionales, en el tablón de anuncios del centro correspondiente, conforme al modelo del
anexo VII, respetando lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de
06 de diciembre de 2018).
e. Además, se generarán listas de espera conforme lo establecido en el resuelvo décimo
octavo de esta resolución, que permitirá ordenar el llamamiento que los centros educativos han de realizar en el caso de que se genere alguna vacante.
Décimo quinto. Convalidación y/o exención.
1. L
 as personas a las que se refiere el resuelvo noveno, en el momento de formalizar la matrícula, podrán solicitar la convalidación de los módulos profesionales y/o ámbitos superados
con anterioridad, o exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado, de acuerdo con el Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional
de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional así como
el Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones
de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de
julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema
educativo (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), debiendo aportar para ello la documentación acreditativa correspondiente.
2. D
 e conformidad con los artículos 2 y 3 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, podrán ser objeto de convalidación, con la misma nota de origen, los módulos profesionales:
a. Con diferente código e idéntica denominación, independientemente del ciclo formativo
de Formación Profesional Básica al que pertenezcan.
b. C
 on distinta denominación pero que incluyan los resultados de aprendizaje o capacidades terminales, contenidos y duración similares.
c. Con mismo código, denominación, capacidades terminales o resultados de aprendizaje,
contenidos y duración.
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