Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062431)
Resolución de 10 de junio de 2025, la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Básico para personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 115
Martes 17 de junio de 2025

34746

2. E
 l alumnado con derecho a permanencia interesado en matricularse de nuevos ámbitos y/o
módulos profesionales, no tiene que presentar solicitud de admisión y participar en dicho
procedimiento.
3. N
 o obstante lo anterior, si desea continuar sus estudios deberá cumplimentar la matrícula
conforme al anexo XI incluido en esta resolución o en formato auto rellenable a disposición
del usuario en la página web de la Consejería competente, en los plazos establecidos en
el calendario de actuaciones. Una vez cumplimentada, se formalizará presentándola en las
dependencias administrativas del centro donde vaya a cursar los estudios, o por cualquiera
de los medios recogidos en el resuelvo décimo de esta resolución.
4. S
 i al concluir el curso 2024/2025, al alumno o alumna le queda por superar únicamente
la/s Unidades Formativa/s (UFI y/o UFII) del módulo de FCT, podrá matricularse de dichas
unidades en el curso 2025/2026 y cursarlas en periodo extraordinario.
5. E
 l alumnado con derecho a permanencia interesado en matricularse de nuevos módulos y/o
ámbitos, que estuviera matriculado en el curso 2023/2024 de estas enseñanzas y decidió
permanecer durante el curso 2024/2025 en el marco del Real Decreto 1147/2011, de 29
de julio, no superando la totalidad de los mismos, deberá solicitar vacante en aquellos en
los que desea matricularse, por orden de preferencia.
Si quiere permanecer en el plan de estudios del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio,
en el curso 2025/2026 en el que finalizará el periodo de transición establecido, hará uso
del modelo del anexo XII, mientras que, si opta por incorporarse al que desarrolla el Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio, utilizará el modelo del anexo XI.
6. L
 a declaración de la opción elegida se realizará de acuerdo con anexos XII.A y XII.B, respectivamente. Será informado por el equipo directivo y/o el servicio de orientación del
centro y se adjuntará a su solicitud de matrícula.
Vigésimo primero. Pérdida del derecho a permanencia.
El alumnado con derecho a permanencia en estas enseñanzas que, transcurrido el plazo de
matriculación no la haya efectuado, perderá este derecho.
Vigésimo segundo. Límite de matriculación.
Los centros educativos deben supervisar que se cumplan los límites establecidos en los artículos 86 y 125 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, sobre duración y número de convocatorias.