Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

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gar protagonismo y participación de los jóvenes en la vida pública, a través de un instrumento
ágil y flexible de fomento por excelencia, como son las ayudas públicas.
Se da cumplimiento además al principio de proporcionalidad en tanto que el fomento a través
de subvenciones es potestativo para quienes se destina y no impone obligación alguna de
concurrencia.
Por otro lado, en estas normas se aplica el principio de transparencia y eficiencia. El primero
dando cumplida información de las razones y motivos que la originan, así como de sus objetivos y criterios de adjudicación. El segundo, eliminando cualquier trámite innecesario que
pueda generar una carga administrativa inútil para la consecución de los fines de las ayudas.
Estas bases reguladoras incorporan la perspectiva de igualdad de género, conforme a lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y
hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra
la Violencia de Género en Extremadura.
Las ayudas a que hace referencia este decreto no están sujetas a la notificación prevista en el
artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ni al régimen de mínimis, por
cuanto no suponen una ventaja económica para las entidades beneficiarias, ni el falseamiento
de la competencia. Las ayudas van dirigidas a la financiación de proyectos que inciden en la
dinamización de la población joven de Extremadura y las acciones que resulten subvencionadas no suponen el ejercicio de una actividad con beneficio económico.
Conforme al artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, las bases reguladoras de las presentes subvenciones han de establecerse por decreto del Consejo de Gobierno.
Por todo ello, en virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura a propuesta de la Consejera de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 27
de mayo de 2025
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a