Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2025040084)
Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la participación juvenil y primera convocatoria para el ejercicio 2025.
73 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
Miércoles 18 de junio de 2025

34852

que fomenten la educación en nutrición, autocuidado y alimentación saludable, programas de educación afectivo-sexual, prevención de adicciones y prevención del acoso
escolar.
e) Juventud rural: acciones que fomenten en los jóvenes de las zonas rurales la formación
y empleo sin necesidad de abandonar el ámbito rural. Acciones que afronten el reto de
despoblación rural y a atraer de vuelta a la juventud que ha tenido que salir de la región.
f) Empleo de calidad: acciones dirigidas a dar a conocer los recursos existentes para los
jóvenes en formación, reglada o no, y sobre recursos de mejora de empleabilidad y
empleo. Acciones que, directa o indirectamente, contribuyan al emprendimiento joven
tanto para entornos urbanos como rurales.
g) Aprendizaje de calidad: acciones que mejoren el acceso de la juventud a herramientas
de la sociedad digital.
h) Espacios y participación: acciones que fortalezcan la participación democrática, la autonomía de los jóvenes y promuevan el voluntariado juvenil como un medio para mejorar
las aptitudes y competencias de los jóvenes, su sentido de la solidaridad y el fomento
de una ciudadanía activa.
i) Desarrollo sostenible: acciones encaminadas a que los jóvenes conozcan el efecto de
sus acciones en el medio ambiente y a empoderarlos para que actúen como agentes de
cambio para el desarrollo ambiental y sostenible.
2. Para la Línea III, podrán ser subvencionables aquellos proyectos que no superen en su
totalidad la cantidad de 5.000 euros, tengan como destinatarios/as la población joven de
Extremadura y se desarrollen en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que, entre sus objetivos o medidas de actuación en el desarrollo de
actividades, incluyan al menos, una de las siguientes líneas de acción:
a) Las señaladas en el apartado anterior.
b) Promoción de la recuperación de la cultura/arte/tradiciones populares extremeñas.
c) Fomento a la lectura y escritura en jóvenes extremeños/as.
d) Desarrollo de actividades con colectivos en situación de riesgo en consecución de los
objetivos generales señalados en inciso 1 anterior.
e) A
 ctividades relacionadas con el bienestar de las personas mayores.