D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250429-21)
Convenio –  Convenio de 28 de marzo de 2025, entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), para la realización de prácticas externas del alumnado de la Real Escuela Superior de Arte Dramático en el organismo autónomo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 101

E. En el supuesto de que una alumna o alumno se incorpore a la plantilla del INAEM
tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio, el tiempo de
realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en contra en el
convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella, ni eximirá al
estudiante de la superación del período de prueba.
F. El INAEM podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas
establecidas, con previa audiencia al interesado/a y previa comunicación a la RESAD, especificando las causas concretas de la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al estudiante/es
afectados.
G. Con anterioridad al inicio efectivo del periodo de prácticas, la dirección de la RESAD, el tutor/a de las prácticas designado por el INAEM y el alumno/a que realizará las prácticas firmarán el anexo 1, el anexo 2 o el anexo 3 correspondiente de
este convenio. Se firmará un anexo por cada alumno/a que realice prácticas.
H. La evaluación y calificación de la asignatura de Prácticas Externas se realizará por
el profesor/a-tutor/a designado por la RESAD, teniendo en cuenta el informe del
tutor o tutora de prácticas del INAEM.
I. Las prácticas se desarrollarán durante el periodo lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Inclusión en el sistema de Seguridad Social del alumnado en prácticas
La Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), en
cumplimiento con lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.o letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, asumirá la gestión derivada de las
obligaciones con la Seguridad Social y el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social
de los/las estudiantes en prácticas externas a que se refiere este convenio, que deberá ser
asumido con cargo a sus créditos ordinarios y con arreglo a las prescripciones y previsiones fijadas legalmente.
Séptima
Compromisos económicos asumidos por las partes
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman. En particular, no derivará para el INAEM obligación alguna de carácter laboral o de Seguridad Social ni compromisos económicos u obligaciones financieras.
Octava
Seguros

Novena
Régimen de modificación y plazo de vigencia
El perfeccionamiento del convenio se producirá cuando firme el último de sus signatarios y su vigencia será de cuatro años.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo

BOCM-20250429-21

Durante las prácticas externas, los alumnos y alumnas dispondrán de la cobertura que
les garantiza el Seguro Escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora. En
caso de que el alumno/a tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el momento de formalizar la matrícula en
la asignatura de prácticas.
Asimismo, durante todo el periodo de prácticas externas en el INAEM la estudiante o
el estudiante estará cubierto por un seguro de responsabilidad civil a cargo de la RESAD.