Humanes de Madrid (BOCM-20250526-64)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 238
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
8.2. Las contrataciones y nombramientos que se hayan de realizar con personal proveniente de
lista de espera o bolsa de empleo, responderán a alguno de los motivos de contratación
temporal de personal laboral previstos en la legislación vigente, y respetará las limitaciones
temporales y los requisitos que se establezcan para cada modalidad de contratación.
ARTICULO 9. SITUACIONES DE LOS COMPONENTES DE LAS LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS
DE EMPLEO
9.1. Los componentes de la lista de empleo o bolsa de empleo podrán estar en alguna de las
siguientes situaciones:
9.1.1. Libre o disponible: situación en la que el candidato es susceptible de recibir el
llamamiento u oferta para su contratación de acuerdo con lo dispuesto en estas instrucciones.
9.1.2. Conciliación libre o disponible: situación en la que se encuentra el candidato que tenga
a su cargo hijos menores de 14 años o personas dependientes, y que es susceptible de recibir
el llamamiento u oferta para su contratación de acuerdo con el horario de trabajo comunicado
por éste.
9.1.3. Ocupado empleado público Ayuntamiento por Programa Empleo Público: tal situación
vendrá determinada por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de
Humanes de Madrid, como personal como consecuencia de un contrato por programa de
Empleo Público.
9.2. Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en
situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le
corresponda.
9.2.1. Dada la duración de estos programas, las personas que se encuentren en esta situación
no podrán quedar en situación de disponible para cambio de empleo.
9.2.2. Disponible para cambio de empleo: situación en la que quedará el personal que se
encuentre prestando servicios en el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, que estando en una
bolsa de empleo quiera acceder a un puesto de nombramiento o contratación hasta oferta de
empleo público o contrato de relevo en otra bolsa de empleo, en los supuestos previstos en
esta norma, cuando le corresponda su turno por orden de llamamiento.
9.3. Reserva: Se encontrará en tal situación el componente de la lista de espera o bolsa de empleo
que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
9.3.1. Situación de baja médica por incapacidad temporal o enfermedad que incapacite
temporalmente para el desempeño de las tareas fundamentales del puesto, en tanto que dure
esta situación.
9.3.2. Maternidad o paternidad, tanto por naturaleza como por adopción o acogimiento, hasta
que el hijo nacido, adoptado o el menor acogido tenga la edad de un año.
9.3.3. Embarazo de riesgo.
9.3.4. Cuidado de un familiar de hasta segundo grado a cargo del componente de la lista de
espera o bolsa de empleo, cuando éste, por razones de enfermedad grave, accidente o edad,
no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad remunerada o disponga de rentas
que superen el salario mínimo interprofesional.
9.3.5. Tener la condición de empleado público. Salvo que se encuentre en la situación de
disponible para cambio de empleo.
9.3.6. Ser autónomo, contratado laboral en una empresa privada, empresa pública o similar.
9.5. Una vez desaparecida la causa que la motive, o en el caso previsto en el supuesto 9.3.5, se
podrá pasar a situación libre o disponible, pero ello requerirá en todo caso petición expresa y
previa del interesado mediante comunicación dirigida a personal@ayto-humanesdemadrid.es,
al que incorporará la justificación que acredite la finalización de la circunstancia que motivó la
situación de reserva o la mera petición en el supuesto previsto en el apartado 9.3.5., cuando
así lo solicite el/la empleado/a público/a del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.
BOCM-20250526-64
9.4. El pase a la situación de reserva en la lista de espera de bolsa de empleo se producirá cuando
así lo solicite expresamente el componente mediante comunicación dirigida a personal@aytohumanesdemadrid.es, al que incorporará la justificación que avale la circunstancia que se alega
o en el supuesto previsto en el apartado 9.3.5., cuando así lo solicite el/la empleado/a público/a
del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 238
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
8.2. Las contrataciones y nombramientos que se hayan de realizar con personal proveniente de
lista de espera o bolsa de empleo, responderán a alguno de los motivos de contratación
temporal de personal laboral previstos en la legislación vigente, y respetará las limitaciones
temporales y los requisitos que se establezcan para cada modalidad de contratación.
ARTICULO 9. SITUACIONES DE LOS COMPONENTES DE LAS LISTAS DE ESPERA Y BOLSAS
DE EMPLEO
9.1. Los componentes de la lista de empleo o bolsa de empleo podrán estar en alguna de las
siguientes situaciones:
9.1.1. Libre o disponible: situación en la que el candidato es susceptible de recibir el
llamamiento u oferta para su contratación de acuerdo con lo dispuesto en estas instrucciones.
9.1.2. Conciliación libre o disponible: situación en la que se encuentra el candidato que tenga
a su cargo hijos menores de 14 años o personas dependientes, y que es susceptible de recibir
el llamamiento u oferta para su contratación de acuerdo con el horario de trabajo comunicado
por éste.
9.1.3. Ocupado empleado público Ayuntamiento por Programa Empleo Público: tal situación
vendrá determinada por hallarse el candidato prestando servicios en el Ayuntamiento de
Humanes de Madrid, como personal como consecuencia de un contrato por programa de
Empleo Público.
9.2. Finalizada la contratación o nombramiento, el candidato pasará a estar automáticamente en
situación de libre disponible en el lugar que, conforme a la ordenación de la bolsa, le
corresponda.
9.2.1. Dada la duración de estos programas, las personas que se encuentren en esta situación
no podrán quedar en situación de disponible para cambio de empleo.
9.2.2. Disponible para cambio de empleo: situación en la que quedará el personal que se
encuentre prestando servicios en el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, que estando en una
bolsa de empleo quiera acceder a un puesto de nombramiento o contratación hasta oferta de
empleo público o contrato de relevo en otra bolsa de empleo, en los supuestos previstos en
esta norma, cuando le corresponda su turno por orden de llamamiento.
9.3. Reserva: Se encontrará en tal situación el componente de la lista de espera o bolsa de empleo
que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
9.3.1. Situación de baja médica por incapacidad temporal o enfermedad que incapacite
temporalmente para el desempeño de las tareas fundamentales del puesto, en tanto que dure
esta situación.
9.3.2. Maternidad o paternidad, tanto por naturaleza como por adopción o acogimiento, hasta
que el hijo nacido, adoptado o el menor acogido tenga la edad de un año.
9.3.3. Embarazo de riesgo.
9.3.4. Cuidado de un familiar de hasta segundo grado a cargo del componente de la lista de
espera o bolsa de empleo, cuando éste, por razones de enfermedad grave, accidente o edad,
no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad remunerada o disponga de rentas
que superen el salario mínimo interprofesional.
9.3.5. Tener la condición de empleado público. Salvo que se encuentre en la situación de
disponible para cambio de empleo.
9.3.6. Ser autónomo, contratado laboral en una empresa privada, empresa pública o similar.
9.5. Una vez desaparecida la causa que la motive, o en el caso previsto en el supuesto 9.3.5, se
podrá pasar a situación libre o disponible, pero ello requerirá en todo caso petición expresa y
previa del interesado mediante comunicación dirigida a personal@ayto-humanesdemadrid.es,
al que incorporará la justificación que acredite la finalización de la circunstancia que motivó la
situación de reserva o la mera petición en el supuesto previsto en el apartado 9.3.5., cuando
así lo solicite el/la empleado/a público/a del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.
BOCM-20250526-64
9.4. El pase a la situación de reserva en la lista de espera de bolsa de empleo se producirá cuando
así lo solicite expresamente el componente mediante comunicación dirigida a personal@aytohumanesdemadrid.es, al que incorporará la justificación que avale la circunstancia que se alega
o en el supuesto previsto en el apartado 9.3.5., cuando así lo solicite el/la empleado/a público/a
del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.