Galapagar (BOCM-20250529-95)
Organización y funcionamiento. Reglamento instalaciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 460
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 127
Sección 3ª
Biblioteca Municipal Ricardo León
Artículo 36. Servicios prestados. Los servicios y prestaciones de la Biblioteca Municipal Ricardo
León son los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Préstamo de documentos del propio fondo.
Préstamo interbibliotecario de documentos de colecciones de otras bibliotecas públicas a
través del Servicio de Préstamo Intercentros (PIC) de la Comunidad de Madrid.
Consulta en sala: acceso a un fondo general al alcance de los usuarios de libros, revistas,
vídeos, CD-ROM, DVD, entre otros.
Servicio de información bibliográfica general y local.
Formación de usuarios en el uso de la biblioteca y de las herramientas de acceso a la
información.
Programación cultural y de fomento de la lectura.
Servicio público de Internet.
Artículo 37. Acceso a la Biblioteca. 1. La Biblioteca Municipal Ricardo León, es de acceso libre y
gratuito para todos los ciudadanos.
2. En casos particulares y excepcionales, la Concejalía de Cultura puede establecer limitaciones a
este principio.
3. Cualquier espacio de la biblioteca podrá cerrarse temporalmente para realizar actividades con
fines de promoción de la lectura, animación sociocultural, formación de usuarios, realización de
talleres, cuentacuentos o cualquier actividad bibliotecaria.
Artículo 38. Normas de uso de los espacios de la Biblioteca Municipal Ricardo León. Además
de las establecidas con carácter general en el Título preliminar, todas las entidades, colectivos y
personas usuarias poseen las siguientes obligaciones en el uso y disfrute de la Biblioteca Municipal
Ricardo León:
No se permitirá sacar materiales de la biblioteca sin cumplir previamente los requisitos del
servicio de préstamo.
b) Los espacios destinados a la lectura, consulta de catálogos y publicaciones periódicas
serán utilizados para tales fines y no son áreas prioritarias de estudio.
c) Los puestos de lectura sólo se reservarán durante un periodo de treinta minutos y nunca
para otras personas. La ausencia por más tiempo determinará su ocupación por otro lector
que lo precise. El personal de biblioteca está facultado para retirar cualquier material que
esté ocupando un puesto sin la presencia física del usuario, cuando se exceda el tiempo
anteriormente especificado. No está permitido dejar enseres personales en los puestos de
estudio con el objeto de guardar el sitio.
d) No está permitido permanecer en la instalación con elementos que puedan obstaculizar la
libre circulación o que supongan una molestia para el resto de las personas usuarias
(bolsas, maletas, bicicletas, patinetes, ya sean plegables o no, carros de la compra, etc.).
Quedan exceptuados de esta norma aquellos elementos necesarios para facilitar la
movilidad de las personas (muletas, andadores, sillas de ruedas, carros de bebé, etc.).
e) No está permitido hablar con el móvil o a través de micrófono y ordenador, excepto en la
sala de grupos reducidos.
f) No está permitida la cesión de espacios a entidades privadas con fines comerciales y/o
lucrativos (ni cesión espacio ni reparto de información comercial). No se considera fin
lucrativo la venta de libros de autor durante una presentación, siempre que se trate de la
venta del título del que ha sido objeto la actividad.
g) No está permitida la consulta o difusión de contenido ilegal.
h) No está permitido mover mobiliario de sitio (sillas, mesas u otros).
i) No está permitido el uso de la biblioteca como lugar para dormir o asearse.
j) No está permitido tomar fotografías o grabar vídeos y/o audios sin autorización de la
dirección del centro.
k) La conexión a la Red eléctrica estará permitida siempre que la infraestructura de la
biblioteca sea la adecuada. El personal de la biblioteca no manipulará los dispositivos de
las personas usuarias.
l) Las personas usuarias deberán respetar el silencio en las zonas que así lo requieran.
m) El personal de la instalación velará por el cumplimiento de la normativa.
n) Si tras un primer apercibimiento la persona usuaria mantuviese un comportamiento no
acorde con la normativa de la biblioteca y un comportamiento irrespetuoso con el personal
bibliotecario u otras personas, se le invitará a abandonar las instalaciones. En caso de
negativa, se pondrá en contacto con la Policía Municipal.
BOCM-20250529-95
a)
Pág. 460
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 127
Sección 3ª
Biblioteca Municipal Ricardo León
Artículo 36. Servicios prestados. Los servicios y prestaciones de la Biblioteca Municipal Ricardo
León son los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Préstamo de documentos del propio fondo.
Préstamo interbibliotecario de documentos de colecciones de otras bibliotecas públicas a
través del Servicio de Préstamo Intercentros (PIC) de la Comunidad de Madrid.
Consulta en sala: acceso a un fondo general al alcance de los usuarios de libros, revistas,
vídeos, CD-ROM, DVD, entre otros.
Servicio de información bibliográfica general y local.
Formación de usuarios en el uso de la biblioteca y de las herramientas de acceso a la
información.
Programación cultural y de fomento de la lectura.
Servicio público de Internet.
Artículo 37. Acceso a la Biblioteca. 1. La Biblioteca Municipal Ricardo León, es de acceso libre y
gratuito para todos los ciudadanos.
2. En casos particulares y excepcionales, la Concejalía de Cultura puede establecer limitaciones a
este principio.
3. Cualquier espacio de la biblioteca podrá cerrarse temporalmente para realizar actividades con
fines de promoción de la lectura, animación sociocultural, formación de usuarios, realización de
talleres, cuentacuentos o cualquier actividad bibliotecaria.
Artículo 38. Normas de uso de los espacios de la Biblioteca Municipal Ricardo León. Además
de las establecidas con carácter general en el Título preliminar, todas las entidades, colectivos y
personas usuarias poseen las siguientes obligaciones en el uso y disfrute de la Biblioteca Municipal
Ricardo León:
No se permitirá sacar materiales de la biblioteca sin cumplir previamente los requisitos del
servicio de préstamo.
b) Los espacios destinados a la lectura, consulta de catálogos y publicaciones periódicas
serán utilizados para tales fines y no son áreas prioritarias de estudio.
c) Los puestos de lectura sólo se reservarán durante un periodo de treinta minutos y nunca
para otras personas. La ausencia por más tiempo determinará su ocupación por otro lector
que lo precise. El personal de biblioteca está facultado para retirar cualquier material que
esté ocupando un puesto sin la presencia física del usuario, cuando se exceda el tiempo
anteriormente especificado. No está permitido dejar enseres personales en los puestos de
estudio con el objeto de guardar el sitio.
d) No está permitido permanecer en la instalación con elementos que puedan obstaculizar la
libre circulación o que supongan una molestia para el resto de las personas usuarias
(bolsas, maletas, bicicletas, patinetes, ya sean plegables o no, carros de la compra, etc.).
Quedan exceptuados de esta norma aquellos elementos necesarios para facilitar la
movilidad de las personas (muletas, andadores, sillas de ruedas, carros de bebé, etc.).
e) No está permitido hablar con el móvil o a través de micrófono y ordenador, excepto en la
sala de grupos reducidos.
f) No está permitida la cesión de espacios a entidades privadas con fines comerciales y/o
lucrativos (ni cesión espacio ni reparto de información comercial). No se considera fin
lucrativo la venta de libros de autor durante una presentación, siempre que se trate de la
venta del título del que ha sido objeto la actividad.
g) No está permitida la consulta o difusión de contenido ilegal.
h) No está permitido mover mobiliario de sitio (sillas, mesas u otros).
i) No está permitido el uso de la biblioteca como lugar para dormir o asearse.
j) No está permitido tomar fotografías o grabar vídeos y/o audios sin autorización de la
dirección del centro.
k) La conexión a la Red eléctrica estará permitida siempre que la infraestructura de la
biblioteca sea la adecuada. El personal de la biblioteca no manipulará los dispositivos de
las personas usuarias.
l) Las personas usuarias deberán respetar el silencio en las zonas que así lo requieran.
m) El personal de la instalación velará por el cumplimiento de la normativa.
n) Si tras un primer apercibimiento la persona usuaria mantuviese un comportamiento no
acorde con la normativa de la biblioteca y un comportamiento irrespetuoso con el personal
bibliotecario u otras personas, se le invitará a abandonar las instalaciones. En caso de
negativa, se pondrá en contacto con la Policía Municipal.
BOCM-20250529-95
a)