D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250604-52)
Estatutos federación deportiva – Orden 1183/2025, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Deportes para Personas Sordas, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
Pág. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 132
coordinación y tutela de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar las actividades y competencias deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, así como expedir las correspondientes licencias.
b) La promoción general de su modalidad deportiva en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
c) Colaborar con las Administraciones Públicas implicadas en la formación de técnicos
deportivos, así como en la prevención, control y represión del uso de sustancias y
grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
d) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la Ley 15/1994,
de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y sus disposiciones
de desarrollo, y en los presentes Estatutos y sus reglamentos.
e) Velar por el cumplimiento de las normas de régimen electoral en los procesos de
elección de sus órganos de gobierno y representación, así como de los demás derechos y obligaciones derivados del cumplimiento de los presentes Estatutos.
f) Ejercer el control de las subvenciones que se asignen a las asociaciones y entidades deportivas en las condiciones que reglamentariamente fije la Administración
Deportiva de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por Ley.
g) Colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de
ámbito estatal o internacional.
h) Ejecutar, en su caso, las resoluciones y acuerdos de la Comisión Jurídica del Deporte y prestarle la máxima colaboración en sus funciones.
Capítulo Quinto
Estructura orgánica
Artículo 30
Son órganos de la Federación Madrileña de Deportes para Personas Sordas:
1) Órganos de gobierno y representación:
— La Asamblea General y su Comisión Delegada.
— El Presidente.
2) Órganos complementarios:
— Junta Directiva.
— La Secretaría General.
— La Gerencia.
— Las Comisiones Deportivas.
3) Órganos Técnicos.
— Dirección Técnica.
4) Órganos de garantías normativas:
— Instructor.
— Comité de Competición y Disciplina.
— Comité de Apelación.
TÍTULO SEGUNDO
Órganos de gobierno y representación
De la Asamblea General
Artículo 31
La Asamblea General es el máximo órgano colegiado de gobierno y representación de
la Federación Madrileña de Deportes para Personas Sordas en la que estarán representados
los clubes y las agrupaciones deportivas, los deportistas, y aquellas personas físicas o jurídicas que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte para personas sor-
BOCM-20250604-52
Capítulo Primero
Pág. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 132
coordinación y tutela de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar las actividades y competencias deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, así como expedir las correspondientes licencias.
b) La promoción general de su modalidad deportiva en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
c) Colaborar con las Administraciones Públicas implicadas en la formación de técnicos
deportivos, así como en la prevención, control y represión del uso de sustancias y
grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
d) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la Ley 15/1994,
de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y sus disposiciones
de desarrollo, y en los presentes Estatutos y sus reglamentos.
e) Velar por el cumplimiento de las normas de régimen electoral en los procesos de
elección de sus órganos de gobierno y representación, así como de los demás derechos y obligaciones derivados del cumplimiento de los presentes Estatutos.
f) Ejercer el control de las subvenciones que se asignen a las asociaciones y entidades deportivas en las condiciones que reglamentariamente fije la Administración
Deportiva de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por Ley.
g) Colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de
ámbito estatal o internacional.
h) Ejecutar, en su caso, las resoluciones y acuerdos de la Comisión Jurídica del Deporte y prestarle la máxima colaboración en sus funciones.
Capítulo Quinto
Estructura orgánica
Artículo 30
Son órganos de la Federación Madrileña de Deportes para Personas Sordas:
1) Órganos de gobierno y representación:
— La Asamblea General y su Comisión Delegada.
— El Presidente.
2) Órganos complementarios:
— Junta Directiva.
— La Secretaría General.
— La Gerencia.
— Las Comisiones Deportivas.
3) Órganos Técnicos.
— Dirección Técnica.
4) Órganos de garantías normativas:
— Instructor.
— Comité de Competición y Disciplina.
— Comité de Apelación.
TÍTULO SEGUNDO
Órganos de gobierno y representación
De la Asamblea General
Artículo 31
La Asamblea General es el máximo órgano colegiado de gobierno y representación de
la Federación Madrileña de Deportes para Personas Sordas en la que estarán representados
los clubes y las agrupaciones deportivas, los deportistas, y aquellas personas físicas o jurídicas que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo del deporte para personas sor-
BOCM-20250604-52
Capítulo Primero