C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250610-16)
Convocatoria ayudas – Resolución de 28 de mayo de 2025, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento para la concesión de ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2024/2025, destinadas a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 137
girá a los solicitantes que presenten como documento justificativo copias de los
abonos Tarjeta Plus de Renfe.
3.2.
Documentación adicional en supuestos especiales.
a) Funcionarios interinos: además de la documentación señalada en el apartado anterior los funcionarios docentes interinos deberán presentar la certificación de los
servicios prestados durante el curso escolar 2024/2025. Asimismo, deberán aportar, en su caso, un certificado por cada centro de trabajo en que se hayan prestado
éstos, en el impreso que se encuentra disponible en la página web que se especifica en el punto 2 de esta base. Esta certificación deberá ser firmada por los Directores de los centros de manera electrónica.
b) Funcionarios docentes que presenten movilidad reducida: será necesaria la presentación de la copia del certificado de discapacidad con valoración anexa donde
figure el baremo de movilidad que acredite la incompatibilidad con el uso del
transporte público.
c) Funcionarios docentes que presten servicios en destinos incompatibles con el uso
de transporte público: copia del horario individual en el que conste la firma del Director del centro, correspondiente al curso 2024/2025.
d) Funcionarios docentes que presten servicios en más de un centro en la misma jornada laboral diaria: copia de los horarios individuales a cumplir en cada uno de los
centros, en los que conste la firma del Director de cada centro, correspondiente al
curso 2024/2025.
En caso de actuar mediante representante, deberán presentar:
— Documento de otorgamiento de la representación.
— La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI o en el
caso de que el interesado se oponga expresamente a su consulta, marcando la
casilla correspondiente de la solicitud, deberá aportar la copia del mismo.
4. Forma, lugares y plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación
justificativa.
Forma y lugares de presentación de las solicitudes y de la documentación justi-
La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará por medios electrónicos mediante la aplicación informática que se encuentra disponible en el enlace especificado en el punto 2 de esta base, en aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en
IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), en el apartado,
“Tramitación electrónica” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacionelectronica ).
La documentación requerida deberá anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y registro. No será necesario aportar aquellos documentos en los que exista la opción,
en el formulario de solicitud, para que la Administración pueda consultar los correspondientes datos. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo
que el interesado se opusiera a ello. En el caso de que manifestara su oposición para la consulta y comprobación de sus datos, el solicitante estará obligado a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de las verificaciones necesarias que podrá efectuar la Administración des-
BOCM-20250610-16
4.1.
ficativa.
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MARTES 10 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 137
girá a los solicitantes que presenten como documento justificativo copias de los
abonos Tarjeta Plus de Renfe.
3.2.
Documentación adicional en supuestos especiales.
a) Funcionarios interinos: además de la documentación señalada en el apartado anterior los funcionarios docentes interinos deberán presentar la certificación de los
servicios prestados durante el curso escolar 2024/2025. Asimismo, deberán aportar, en su caso, un certificado por cada centro de trabajo en que se hayan prestado
éstos, en el impreso que se encuentra disponible en la página web que se especifica en el punto 2 de esta base. Esta certificación deberá ser firmada por los Directores de los centros de manera electrónica.
b) Funcionarios docentes que presenten movilidad reducida: será necesaria la presentación de la copia del certificado de discapacidad con valoración anexa donde
figure el baremo de movilidad que acredite la incompatibilidad con el uso del
transporte público.
c) Funcionarios docentes que presten servicios en destinos incompatibles con el uso
de transporte público: copia del horario individual en el que conste la firma del Director del centro, correspondiente al curso 2024/2025.
d) Funcionarios docentes que presten servicios en más de un centro en la misma jornada laboral diaria: copia de los horarios individuales a cumplir en cada uno de los
centros, en los que conste la firma del Director de cada centro, correspondiente al
curso 2024/2025.
En caso de actuar mediante representante, deberán presentar:
— Documento de otorgamiento de la representación.
— La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI o en el
caso de que el interesado se oponga expresamente a su consulta, marcando la
casilla correspondiente de la solicitud, deberá aportar la copia del mismo.
4. Forma, lugares y plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación
justificativa.
Forma y lugares de presentación de las solicitudes y de la documentación justi-
La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará por medios electrónicos mediante la aplicación informática que se encuentra disponible en el enlace especificado en el punto 2 de esta base, en aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en
IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), en el apartado,
“Tramitación electrónica” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacionelectronica ).
La documentación requerida deberá anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y registro. No será necesario aportar aquellos documentos en los que exista la opción,
en el formulario de solicitud, para que la Administración pueda consultar los correspondientes datos. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo
que el interesado se opusiera a ello. En el caso de que manifestara su oposición para la consulta y comprobación de sus datos, el solicitante estará obligado a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de las verificaciones necesarias que podrá efectuar la Administración des-
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ficativa.