Navalcarnero (BOCM-20250611-61)
Personal. Acuerdo personal funcionario
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025
Pág. 213
La Jefatura podrá modificar el horario de la realización de estos días por causas justificadas previo
acuerdo con los componentes que se hayan suscrito a dicho servicio.
RELACIÓN DE DÍAS DE ESPECIAL SIGNIFICACIÓN Y SERVICIOS MÍNIMOS
(Se incluyen los agentes y mandos de servicio ordinario para los mínimos)
HORARIO
POL
OF/JS
1 enero
DÍA
Año Nuevo
EVENTO
Mañana
TURNO
6,20 a 14,20
5
1
TOTAL
6
5 enero
Cabalgata Reyes
Tarde
14,20 a 22,20
10
2
12
5 enero
Noche de Reyes
Noche
22,20 a 6,20
5
1
6
Jueves Santo
Procesión
Tarde
15,20 a 23,20
8
2
10
Viernes Santo
Procesión
Mañana
6,20 a 14,20
7
1
8
Viernes Santo
Procesión
Tarde
15,20 a 23,20
8
2
10
14 de mayo
San Isidro
Noche
22,20 a 6,20
12
2
14
15 de mayo
San Isidro
Mañana
6,20 a 14,20
7
1
8
15 de mayo
San Isidro
Tarde
14,20 a 22,20
7
1
8
24 diciembre
Nochebuena
Tarde
12,30 a 20,30
6
1
7
24 diciembre
Nochebuena
Noche
22,20 a 6,20
7
1
8
31 diciembre
Nochevieja
Tarde
12,30 a 20,30
6
1
7
31 dic/1 enero
Nochevieja
Noche
0,30 a 8,30
10
2
12
Una vez asignados los componentes que sean necesarios para la realización de días de especial
significación en relación a los apuntados y los mínimos necesarios, si se da la circunstancia posterior de que, por una baja u otro motivo, los servicios mínimos de uno de estos días no se cumpliesen, la Jefatura llamará a otro componente de los que estaban apuntados en la correspondiente
lista de solicitud de ese año, en este caso no existirá obligatoriedad de asistencia, y en caso de
asistir será remunerado en las condiciones que aquí se establecen.
El abono de las cantidades resultante de las horas realizadas por los servicios realizados por Días
de Especial Significación se realizará en la siguiente nómina que corresponda.
El jefe de policía y los mandos con categoría superior a Oficial, asistirán a los días de especial
significación que considere necesario la Jefatura, previa autorización de la concejalía de seguridad
o dirección de servicios, no pudiendo exceder el número en más de dos cada uno al año, a no ser
por necesidades del servicio u otros requerimientos que puedan surgir.
ARTÍCULO 2. JORNADA LABORAL.
La Policía Local desempeña su labor como jornada especial por su singularidad en horarios nocturnos, trabajo en días festivos y fines de semana. Esta jornada se distribuye anualmente en base
a las características específicas y especiales del funcionamiento propio de un servicio de seguridad como es el de la Policía Local, sin perjuicio de otros derechos reconocidos en documentos y
normativa de aplicación al colectivo.
Se elaborará una previsión de cuadrante de servicio anual para todos los policías del Cuerpo por
parte del jefe de la Policía Local, que será publicado dos semanas antes de la finalización del año
anterior. Dicho cuadrante podrá ser modificado en aquellas circunstancias que se desarrollen de
forma que sea necesaria garantizar la prestación del servicio, siempre que dichos cambios estén
motivados por numerosas bajas o situaciones extraordinarias, preferentemente previo acuerdo de
las partes.
2.1 Policías con turno de mañana y/o tarde pertenecientes a las diferentes secciones y Jefatura.
Trabajarán de lunes a viernes con carácter general con las compensaciones establecidas en este
acuerdo, de ellas deriva la realización de 234 jornadas de 7 horas contabilizándose los periodos de
vacaciones, librando los festivos. Para los servicios de Fiestas Patronales, podrán entrar a formar
parte del cuadrante especial que se elabora por parte de la Jefatura, disfrutando por ello la compensación económica establecida más adelante.
Su turno de trabajo será el de mañana o/y tarde o/y noche según las necesidades que se establezcan en cada puesto y sección (La sección de UAS Drones por su singularidad tendrá un cuadrante
principalmente 5x2-4x3-7x7 rotando turnos de 7,5 horas). Si la necesidad de las funciones a desarrollar y el servicio a prestar lo precisase, podrá previo acuerdo entre la Jefatura y los interesados,
adaptarse el cuadrante acorde a las mismas pudiendo variarse la secuencia de días trabajados y
librados, sin perjuicio de tener que realizar las horas anuales establecidas.
BOCM-20250611-61
Realizarán una jornada general de trabajo igual en horas igual que el resto de funcionarios del
Ayuntamiento de Navalcarnero en cómputo anual actualmente 35 horas semanales, 1512 horas
anuales, adaptando las mismas a lo establecido en este acuerdo y a las correspondientes modificaciones legislativas si procediese.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 138
MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DE 2025
Pág. 213
La Jefatura podrá modificar el horario de la realización de estos días por causas justificadas previo
acuerdo con los componentes que se hayan suscrito a dicho servicio.
RELACIÓN DE DÍAS DE ESPECIAL SIGNIFICACIÓN Y SERVICIOS MÍNIMOS
(Se incluyen los agentes y mandos de servicio ordinario para los mínimos)
HORARIO
POL
OF/JS
1 enero
DÍA
Año Nuevo
EVENTO
Mañana
TURNO
6,20 a 14,20
5
1
TOTAL
6
5 enero
Cabalgata Reyes
Tarde
14,20 a 22,20
10
2
12
5 enero
Noche de Reyes
Noche
22,20 a 6,20
5
1
6
Jueves Santo
Procesión
Tarde
15,20 a 23,20
8
2
10
Viernes Santo
Procesión
Mañana
6,20 a 14,20
7
1
8
Viernes Santo
Procesión
Tarde
15,20 a 23,20
8
2
10
14 de mayo
San Isidro
Noche
22,20 a 6,20
12
2
14
15 de mayo
San Isidro
Mañana
6,20 a 14,20
7
1
8
15 de mayo
San Isidro
Tarde
14,20 a 22,20
7
1
8
24 diciembre
Nochebuena
Tarde
12,30 a 20,30
6
1
7
24 diciembre
Nochebuena
Noche
22,20 a 6,20
7
1
8
31 diciembre
Nochevieja
Tarde
12,30 a 20,30
6
1
7
31 dic/1 enero
Nochevieja
Noche
0,30 a 8,30
10
2
12
Una vez asignados los componentes que sean necesarios para la realización de días de especial
significación en relación a los apuntados y los mínimos necesarios, si se da la circunstancia posterior de que, por una baja u otro motivo, los servicios mínimos de uno de estos días no se cumpliesen, la Jefatura llamará a otro componente de los que estaban apuntados en la correspondiente
lista de solicitud de ese año, en este caso no existirá obligatoriedad de asistencia, y en caso de
asistir será remunerado en las condiciones que aquí se establecen.
El abono de las cantidades resultante de las horas realizadas por los servicios realizados por Días
de Especial Significación se realizará en la siguiente nómina que corresponda.
El jefe de policía y los mandos con categoría superior a Oficial, asistirán a los días de especial
significación que considere necesario la Jefatura, previa autorización de la concejalía de seguridad
o dirección de servicios, no pudiendo exceder el número en más de dos cada uno al año, a no ser
por necesidades del servicio u otros requerimientos que puedan surgir.
ARTÍCULO 2. JORNADA LABORAL.
La Policía Local desempeña su labor como jornada especial por su singularidad en horarios nocturnos, trabajo en días festivos y fines de semana. Esta jornada se distribuye anualmente en base
a las características específicas y especiales del funcionamiento propio de un servicio de seguridad como es el de la Policía Local, sin perjuicio de otros derechos reconocidos en documentos y
normativa de aplicación al colectivo.
Se elaborará una previsión de cuadrante de servicio anual para todos los policías del Cuerpo por
parte del jefe de la Policía Local, que será publicado dos semanas antes de la finalización del año
anterior. Dicho cuadrante podrá ser modificado en aquellas circunstancias que se desarrollen de
forma que sea necesaria garantizar la prestación del servicio, siempre que dichos cambios estén
motivados por numerosas bajas o situaciones extraordinarias, preferentemente previo acuerdo de
las partes.
2.1 Policías con turno de mañana y/o tarde pertenecientes a las diferentes secciones y Jefatura.
Trabajarán de lunes a viernes con carácter general con las compensaciones establecidas en este
acuerdo, de ellas deriva la realización de 234 jornadas de 7 horas contabilizándose los periodos de
vacaciones, librando los festivos. Para los servicios de Fiestas Patronales, podrán entrar a formar
parte del cuadrante especial que se elabora por parte de la Jefatura, disfrutando por ello la compensación económica establecida más adelante.
Su turno de trabajo será el de mañana o/y tarde o/y noche según las necesidades que se establezcan en cada puesto y sección (La sección de UAS Drones por su singularidad tendrá un cuadrante
principalmente 5x2-4x3-7x7 rotando turnos de 7,5 horas). Si la necesidad de las funciones a desarrollar y el servicio a prestar lo precisase, podrá previo acuerdo entre la Jefatura y los interesados,
adaptarse el cuadrante acorde a las mismas pudiendo variarse la secuencia de días trabajados y
librados, sin perjuicio de tener que realizar las horas anuales establecidas.
BOCM-20250611-61
Realizarán una jornada general de trabajo igual en horas igual que el resto de funcionarios del
Ayuntamiento de Navalcarnero en cómputo anual actualmente 35 horas semanales, 1512 horas
anuales, adaptando las mismas a lo establecido en este acuerdo y a las correspondientes modificaciones legislativas si procediese.