B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250612-13)
Concurso de méritos – Orden 2001/2025, de 29 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del “Programa de Excelencia en Bachillerato” de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
declaración en comparecencia personal del interesado. En el caso de actuar por medio de representante, se deberá presentar el documento de otorgamiento de la representación.
Si se presenta la solicitud de participación mediante un representante, deberán consignarse los datos de este en el apartado correspondiente de la solicitud y presentar:
a) Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
b) Documento de otorgamiento de la representación.
9.2.2. Documentación a aportar junto con la solicitud: el candidato presentará junto
a la solicitud, la documentación acreditativa de méritos.
La aportación de documentos se puede realizar en el momento de la presentación de la
solicitud o con posterioridad a la misma pero siempre dentro del plazo de presentación de
solicitudes, a través del portal de Administración digital de la Comunidad de Madrid
(sede.comunidad.madrid), de alguna de estas dos maneras:
— En el menú “Herramientas”, haciendo clic en “Aportar documentación” y siguiendo las instrucciones descritas.
— En la sección “Mis gestiones”, del apartado “Mi cuenta digital”, accediendo en el
apartado “Gestiones” a la solicitud de participación y seleccionando “Aportar documentación”.
9.3. Concurrencia de solicitudes:
En caso de haberse presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo se tendrá
en cuenta la documentación presentada junto con la última solicitud de participación.
Décimo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden 5731/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla
el Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad de
Madrid, la valoración de los méritos alegados por cada aspirante será realizada por una comisión de valoración constituida de la forma prevista en el citado artículo.
10.1. Composición de los miembros de la Comisión:
A los efectos de esta convocatoria la comisión de valoración, estará integrada por los
siguientes miembros:
a) Presidente: don Miguel Zurita Becerril o persona en quien delegue.
b) Vocal: doña María Luz Rodríguez de Llera Tejeda o persona en quien delegue.
c) Vocal: doña María de los Remedios Cuevas Muñoz.
d) Vocal: don Horacio Silvestre Landrobe.
e) Vocal: don Eugenio García de Paredes.
Secretario: don Luis Segundo Lorente Jiménez.
10.2. Abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración:
Los miembros de las comisiones de valoración deberán abstenerse de intervenir cuando
concurran en ellos cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, debiendo comunicar a la Dirección General de Recursos Humanos, en el
plazo de dos días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de nombramiento de los miembros, la causa que motive su abstención, justificándola documentalmente. La misma será valorada por la Dirección General de Recursos Humanos.
Asimismo, en el mismo plazo, los interesados podrán recusar a los miembros de la Comisión de valoración cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 24 de
la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicha circunstancia deberá comunicarse a la
Dirección General de Recursos Humanos debiendo ser acreditada documentalmente. De ser
aceptadas la abstención o recusación de alguno de los miembros de la Comisión, la Dirección General de Recursos Humanos lo comunicará al Presidente de la Comisión, a los efectos de proceder al nombramiento del suplente correspondiente.
Las solicitudes, tanto de abstención como de recusación, se realizarán cumplimentando la solicitud de abstención/recusación mediante la aplicación que se encuentra disponible
en la misma ruta indicada para la presentación de solicitudes y se acompañarán de la documentación acreditativa correspondiente.
BOCM-20250612-13
Comisión de valoración de méritos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 139
declaración en comparecencia personal del interesado. En el caso de actuar por medio de representante, se deberá presentar el documento de otorgamiento de la representación.
Si se presenta la solicitud de participación mediante un representante, deberán consignarse los datos de este en el apartado correspondiente de la solicitud y presentar:
a) Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.
b) Documento de otorgamiento de la representación.
9.2.2. Documentación a aportar junto con la solicitud: el candidato presentará junto
a la solicitud, la documentación acreditativa de méritos.
La aportación de documentos se puede realizar en el momento de la presentación de la
solicitud o con posterioridad a la misma pero siempre dentro del plazo de presentación de
solicitudes, a través del portal de Administración digital de la Comunidad de Madrid
(sede.comunidad.madrid), de alguna de estas dos maneras:
— En el menú “Herramientas”, haciendo clic en “Aportar documentación” y siguiendo las instrucciones descritas.
— En la sección “Mis gestiones”, del apartado “Mi cuenta digital”, accediendo en el
apartado “Gestiones” a la solicitud de participación y seleccionando “Aportar documentación”.
9.3. Concurrencia de solicitudes:
En caso de haberse presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo se tendrá
en cuenta la documentación presentada junto con la última solicitud de participación.
Décimo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden 5731/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se desarrolla
el Decreto 15/2024, de 7 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión del profesorado del Programa de Excelencia en Bachillerato de la Comunidad de
Madrid, la valoración de los méritos alegados por cada aspirante será realizada por una comisión de valoración constituida de la forma prevista en el citado artículo.
10.1. Composición de los miembros de la Comisión:
A los efectos de esta convocatoria la comisión de valoración, estará integrada por los
siguientes miembros:
a) Presidente: don Miguel Zurita Becerril o persona en quien delegue.
b) Vocal: doña María Luz Rodríguez de Llera Tejeda o persona en quien delegue.
c) Vocal: doña María de los Remedios Cuevas Muñoz.
d) Vocal: don Horacio Silvestre Landrobe.
e) Vocal: don Eugenio García de Paredes.
Secretario: don Luis Segundo Lorente Jiménez.
10.2. Abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración:
Los miembros de las comisiones de valoración deberán abstenerse de intervenir cuando
concurran en ellos cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, debiendo comunicar a la Dirección General de Recursos Humanos, en el
plazo de dos días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de nombramiento de los miembros, la causa que motive su abstención, justificándola documentalmente. La misma será valorada por la Dirección General de Recursos Humanos.
Asimismo, en el mismo plazo, los interesados podrán recusar a los miembros de la Comisión de valoración cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 24 de
la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicha circunstancia deberá comunicarse a la
Dirección General de Recursos Humanos debiendo ser acreditada documentalmente. De ser
aceptadas la abstención o recusación de alguno de los miembros de la Comisión, la Dirección General de Recursos Humanos lo comunicará al Presidente de la Comisión, a los efectos de proceder al nombramiento del suplente correspondiente.
Las solicitudes, tanto de abstención como de recusación, se realizarán cumplimentando la solicitud de abstención/recusación mediante la aplicación que se encuentra disponible
en la misma ruta indicada para la presentación de solicitudes y se acompañarán de la documentación acreditativa correspondiente.
BOCM-20250612-13
Comisión de valoración de méritos