Madrid (BOCM-20250617-51)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 143

MARTES 17 DE JUNIO DE 2025

Pág. 189

La superficie destinada a las infraestructuras verdes se medirá según los siguientes
criterios:
a) Fachada verde:
i) Continua: Se medirá en proyección ortogonal sobre un plano paralelo a la fachada, descontando huecos de dimensión superior a cincuenta (50) decímetros cuadrados.
ii) Modular: Cuando la jardinera se sitúe en el antepecho del hueco, se multiplicará la longitud de la jardinera por la distancia entre huecos, superior e inferior; si la jardinera se sitúa entre el espacio horizontal entre huecos, se multiplicará la longitud de la jardinera por la altura de piso de la planta en la que
disponga.
iii) Mixta: En caso de fachadas verdes mixtas, se medirá de forma independiente
la superficie de cada uno de los dos tipos.
b) Cubierta verde: Tanto las extensivas como la intensivas se medirán en proyección
ortogonal sobre un plano paralelo a la superficie de la cubierta, descontando huecos de superficie superior a un (1) metro cuadrado. En cubiertas mixtas, se medirá de forma independiente la superficie de cada uno de los dos tipos.
c) Sombra vegetal: Se contabilizará el número de árboles adultos existentes y/o nuevos que se plantarán en la parcela, considerando que cada árbol tiene una superficie verde equivalente de cincuenta (50) metros cuadrados. En ningún caso se considerará un número de árboles superior al resultado de dividir la superficie del
espacio libre de parcela entre veinticinco (25).
d) Ajardinamiento en rasante: Se medirá en proyección ortogonal sobre un plano horizontal, descontando los huecos de dimensión superior a cincuenta (50) decímetros cuadrados.
e) Cuando se dispongan simultáneamente sombra vegetal y ajardinamiento en rasante, se tendrán en cuenta en el cálculo las superficies de ambas infraestructuras de
forma independiente, aunque estén solapadas.
6. Coeficientes de aplicación.
En las tablas siguientes, se indican los valores de los coeficientes que intervienen en el
cálculo del factor verde.
COEFICIENTE DE TIPOLOGÍA EDIFICATORIA (CT)
Manzana cerrada

0,75

Edificación aislada

0,45

Baja densidad

0,40

Edificación unifamiliar

0,50

Actividades económicas

0,75

Edificación en altura (≥16 plantas)

0,40

COEFICIENTE DE TIPO DE OBRA (CO)
Nueva planta y sustitución

3,20

Ampliación

3,40

Rehabilitación (reestructuración y acondicionamiento generales)

3,80

COEFICIENTE DE INFRAESTRUCTURA VERDE (CI)

Fachada verde
Cubierta verde
Sombra vegetal

Ajardinamiento en rasante

TIPO

CI

Continua

0,76

Modular

0,71

Extensiva

0,54

Intensiva

0,60

Árbol nuevo

0,80

Árbol adulto existente

1,00

Sobre terreno

0,66

Sobre edificación subterránea

0,46

Los coeficientes de infraestructura verde podrán incrementarse en un diez por ciento
(10 %) cuando se emplean especies vegetales autóctonas o adaptadas a la ciudad de Madrid
y con mayor contribución a la calidad del aire en toda la infraestructura verde considerada,
conforme al listado que al efecto aprueben los servicios competentes en materia de urbanismo con informe de los servicios competentes en materia de zonas verdes y arbolado.

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