Disposiciones generales. . (2025/96-1)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en Almería».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7055/33

- Para los proyectos acogidos a la categoría de «Ayudas a la inversión en
infraestructuras de recarga o repostaje (artículo 36 bis)» las siguientes condiciones
específicas:
1. Las inversiones deberán abarcar a las infraestructuras de repostaje que suministren
hidrógeno a vehículos, equipos móviles de terminal o equipos móviles de asistencia en
tierra, sin contemplar las infraestructuras de repostaje en puertos.
La empresa o entidad beneficiaria deberá aportar el compromiso de que, a más tardar
el 31 de diciembre de 2035, la infraestructura de repostaje suministrará exclusivamente
hidrógeno renovable.
2. Cuando la infraestructura de repostaje esté abierta al acceso de usuarios que no
sean el beneficiario o los beneficiarios de la ayuda, la ayuda solo se concederá para la
construcción, instalación, mejora o ampliación de infraestructuras de repostaje accesibles
al público y que ofrezcan acceso no discriminatorio a los usuarios, incluido en lo tocante
a las tarifas, los métodos de autenticación y pago y otras condiciones de uso. Los precios
cobrados a usuarios que no sean el beneficiario o los beneficiarios de la ayuda por el uso
de la infraestructura de repostaje deberán corresponder a los precios de mercado.
3. Los gestores de infraestructuras de repostaje que ofrezcan o permitan pagos
contractuales en su infraestructura no discriminarán entre proveedores de servicios
de movilidad, por ejemplo, aplicando condiciones de acceso preferente injustificadas o
mediante una diferenciación de precios sin justificación objetiva.
4. Cualquier concesión u otro tipo de atribución a terceros para explotar las
infraestructuras de repostaje objeto de ayuda se realizará sobre una base competitiva,
transparente y no discriminatoria, teniendo debidamente en cuenta las normas de
contratación pública aplicables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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del equipo para el que se concede la ayuda estatal y el arrendamiento del equipo menos
respetuoso con el medio ambiente que se arrendaría en ausencia de la ayuda; los costes
de arrendamiento no incluirán los costes relacionados con el funcionamiento del equipo
o la instalación (costes de combustible, seguros, mantenimiento, otros bienes fungibles),
con independencia de si forman parte del contrato de arrendamiento o no.
En todas las situaciones enumeradas en el párrafo primero, letras a) a d), la hipótesis
de contraste corresponderá a una inversión con una capacidad de producción y un
ciclo de vida comparables que cumpla las normas de la Unión que ya estén en vigor. La
hipótesis de contraste será creíble a la luz de los requisitos legales, las condiciones del
mercado y los incentivos generados por el régimen de comercio de derechos de emisión
de la UE.
Cuando la inversión para la que se concede la ayuda estatal consista en la
colocación de un componente añadido a una instalación ya existente y para la que no
exista una inversión de contraste menos respetuosa con el medio ambiente, los costes
subvencionables serán el total de los costes de inversión.
Los costes que no estén directamente vinculados a la consecución de un nivel más
elevado de protección medioambiental no serán subvencionables.
Como alternativas al cálculo de los costes subvencionables mediante la hipótesis de
contraste y los valores de intensidades relacionados con dicho cálculo, se establecen las
siguientes:
i. El importe de la ayuda no excederá la diferencia entre los costes de inversión
directamente vinculados a la consecución de un nivel más elevado de protección
medioambiental y el beneficio de explotación de la inversión. El beneficio de
explotación se deducirá de los costes subvencionables ex ante sobre la base de
previsiones realistas y se verificará ex post mediante un mecanismo de reembolso.
ii. L
 os costes subvencionables serán los costes de inversión directamente vinculados
a la consecución de un nivel más elevado de protección medioambiental y las
intensidades de ayuda se reducirán en un 50% para cada caso de los contemplados.