Disposiciones generales. . (2025/96-3)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria de los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Industria para la economía circular y combustibles alternativos en el Campo de Gibraltar».
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Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
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- El uso de la biomasa deberá minimizar el impacto de las emisiones atmosféricas
de contaminantes mediante el empleo de combustibles con características certificadas
que minimicen las emisiones, un uso de alta eficiencia, el control ambiental estricto de
las emisiones e instalaciones, y la renovación de los equipos, en caso necesario, para su
adaptación a las obligaciones legales vigentes.
- No se fabricará biomasa a partir de materias primas procedentes de tierras de
elevado valor en cuanto a biodiversidad.
Sobre la planificación hidrológica y protección del medio hídrico:
- En relación con las medidas sobre el uso de biomasa, en caso de llevarse a cabo
mediante la producción de cultivos intensivos, se deberá minimizar la contaminación de
las aguas subterráneas como consecuencia de la lixiviación e infiltración derivada de
estas explotaciones «industriales».
- En el contexto de las explotaciones agrícolas, así como las explotaciones para
biomasa, y en cuanto a los efectos sobre los recursos hídricos, será necesario limitar las
aportaciones de nitratos en aquellas zonas declaradas como vulnerables, cumpliendo los
programas de actuación aplicables en ellas.
Sobre la flora, la vegetación y los hábitats naturales:
- Los modelos de aprovechamiento de la biomasa forestal serán compatibles con la
conservación de los hábitats forestales en los que se lleven a cabo.
- Se promoverá el aprovechamiento energético como biomasa de la materia vegetal
generada en los trabajos de entresaca, poda y restos de corta no maderables para
favorecer la prevención de incendios en las masas forestales.
i. En la utilización de materias primas para producir biocarburantes y biogás se deberá
tener en cuenta los principios de la jerarquía de residuos, los criterios de sostenibilidad
y la necesidad de asegurar que no se genera demanda adicional de suelo, promoviendo
la utilización de residuos y desechos. Se tendrá en cuenta lo establecido en la Directiva
UE2018/2001 del Parlamento Europeo y el Consejo de 11 de diciembre de 2018 relativa
al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Se debe considerar
también el análisis del cumplimiento de la normativa de biocombustibles de tercera
generación.
ii. Las medidas relativas a la gestión de residuos permitirán hacer efectivas las
grandes potencialidades medioambientales de la mejora, mediante una reducción en la
proporción destinada a vertedero, una reducción de sus emisiones, y una mejora en los
niveles de valorización energética. Se recomienda potenciar la implantación del uso de
subproductos por parte de las empresas. Se trata de una herramienta que pondría en
contacto a oferentes y demandantes de residuos susceptibles de ser reciclados.
iii. En relación con el aumento de residuos procedentes de instalaciones eólicas
y solares que llegan al final de su vida útil, se debería impulsar la implementación
de instalaciones específicas para el procesado de los residuos procedentes de
aerogeneradores.
iv. En las transformaciones del sector industrial se implantarán medidas apropiadas
en los siguientes aspectos correspondientes a las fases de ejecución y funcionamiento:
gestión de residuos de construcción y demolición, gestión de residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos, gestión de residuos peligrosos, y adaptación de los sistemas de
control de emisiones.
Se integrarán las mejores técnicas disponibles para la reducción de las afecciones
ambientales y de la contaminación, la identificación de los espacios más sensibles
para las especies protegidas a la hora de desarrollar medidas que puedan favorecer su
conservación, el control de las actuaciones que puedan generar afecciones directas o
indirectas a dichos espacios en lo referido a los posibles efectos barrera y preservación
de los corredores naturales, la reducción de la contaminación acústica, atmosférica,
lumínica y la generación de ruidos en las proximidades de los ecosistemas con medidas
e instrumentos de protección ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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