Disposiciones generales. . (2025/111-3)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8395/26
1.4.6. Tipo de escritura, idioma (patrimonio documental y bibliográfico):
1.4.7. Materiales y técnicas:
1.4.8. Medidas (alto, ancho, profundo, espesor y peso):
1.4.9. Inscripciones, marcas, monogramas, firmas y elementos de validación:
1.5. Descripción/Iconografía:
1.6. Usos (uso principal y otros usos y actividades a los que esté o haya estado ligado
el bien):
2.º Historia del bien cultural mueble sobre el que pretende llevarse a cabo la actuación.
2.1. Origen e hitos históricos:
2.2. Cambios, modificaciones y restauraciones:
2.3. Posibles paralelos (otros ejemplos de autoría, naturaleza o relevancia similar):
2.4. Procedencia (donación, adquisición…):
3.º Justificación de los valores culturales del bien mueble e incidencia de la propuesta
sobre los valores protegidos.
3.1. Singularidad.
3.2. Representatividad.
3.3. Identidad social.
3.4. Continuidad del uso.
3.5. Valor documental.
3.6. Vinculación con otros bienes culturales.
4.º Descripción y diagnóstico del estado de conservación atendiendo a cada una de
las partes constitutivas del bien cultural, ya sean originales o añadidas incluyendo
documentación gráfica suficiente.
4.1. Alteraciones y su diagnóstico, si procede, de cada una de sus partes constitutivas.
4.2. Intervenciones anteriores.
4.3. Conclusión. Su estado de conservación es: 1º. Pésimo.
2º. Malo.
3º. Regular.
6.º Recursos.
6.1. Estimación económica por capítulos siguiendo, en lo que sea de aplicación, la
estructura del Banco de Precios de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321995
5.º Propuesta de actuaciones.
5.1. Metodología de trabajo, criterios de intervención específicos adaptados a los
requerimientos del bien cultural y normativa aplicable para garantizar la calidad del
proceso en coherencia con el diagnóstico y la intervención propuesta.
5.2. Adecuación de la propuesta de estudios previos y análisis a las necesidades de
identificación del bien y su diagnóstico, y en su caso, las necesarias durante el desarrollo
de la intervención.
5.3. Propuesta de tratamiento adaptada al diagnóstico del estado de conservación y
atendiendo a cada una de las partes constitutivas del bien cultural, ya sean originales o
añadidas, con el fin de proteger sus valores culturales.
5.4. Propuesta de conservación preventiva y de mantenimiento para garantizar la
durabilidad del bien cultural, con inclusión en el proyecto de intervención de una partida
valorada económicamente, destinada a la redacción del programa de conservación
preventiva, basado en los datos recopilados durante la intervención.
5.5. Estudio de seguridad y salud.
5.6. Plan de gestión de residuos.
5.7. Plan de control de calidad, en su caso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8395/26
1.4.6. Tipo de escritura, idioma (patrimonio documental y bibliográfico):
1.4.7. Materiales y técnicas:
1.4.8. Medidas (alto, ancho, profundo, espesor y peso):
1.4.9. Inscripciones, marcas, monogramas, firmas y elementos de validación:
1.5. Descripción/Iconografía:
1.6. Usos (uso principal y otros usos y actividades a los que esté o haya estado ligado
el bien):
2.º Historia del bien cultural mueble sobre el que pretende llevarse a cabo la actuación.
2.1. Origen e hitos históricos:
2.2. Cambios, modificaciones y restauraciones:
2.3. Posibles paralelos (otros ejemplos de autoría, naturaleza o relevancia similar):
2.4. Procedencia (donación, adquisición…):
3.º Justificación de los valores culturales del bien mueble e incidencia de la propuesta
sobre los valores protegidos.
3.1. Singularidad.
3.2. Representatividad.
3.3. Identidad social.
3.4. Continuidad del uso.
3.5. Valor documental.
3.6. Vinculación con otros bienes culturales.
4.º Descripción y diagnóstico del estado de conservación atendiendo a cada una de
las partes constitutivas del bien cultural, ya sean originales o añadidas incluyendo
documentación gráfica suficiente.
4.1. Alteraciones y su diagnóstico, si procede, de cada una de sus partes constitutivas.
4.2. Intervenciones anteriores.
4.3. Conclusión. Su estado de conservación es: 1º. Pésimo.
2º. Malo.
3º. Regular.
6.º Recursos.
6.1. Estimación económica por capítulos siguiendo, en lo que sea de aplicación, la
estructura del Banco de Precios de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321995
5.º Propuesta de actuaciones.
5.1. Metodología de trabajo, criterios de intervención específicos adaptados a los
requerimientos del bien cultural y normativa aplicable para garantizar la calidad del
proceso en coherencia con el diagnóstico y la intervención propuesta.
5.2. Adecuación de la propuesta de estudios previos y análisis a las necesidades de
identificación del bien y su diagnóstico, y en su caso, las necesarias durante el desarrollo
de la intervención.
5.3. Propuesta de tratamiento adaptada al diagnóstico del estado de conservación y
atendiendo a cada una de las partes constitutivas del bien cultural, ya sean originales o
añadidas, con el fin de proteger sus valores culturales.
5.4. Propuesta de conservación preventiva y de mantenimiento para garantizar la
durabilidad del bien cultural, con inclusión en el proyecto de intervención de una partida
valorada económicamente, destinada a la redacción del programa de conservación
preventiva, basado en los datos recopilados durante la intervención.
5.5. Estudio de seguridad y salud.
5.6. Plan de gestión de residuos.
5.7. Plan de control de calidad, en su caso.