Disposiciones generales. . (2025/111-7)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos en régimen de concurrencia competitiva para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida de nuevos sistemas satelitales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8298/33

ANEXO V
EVALUACIÓN DEL PRINCIPIO DNSH DE NO OCASIONAR UN PERJUICIO
SIGNIFICATIVO AL MEDIO AMBIENTE
Con el objetivo de evaluar el principio de «no causar un daño significativo» al medio
ambiente (principio DNSH) de acuerdo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088, el promotor deberá realizar una autoevaluación del impacto
del proyecto sobre los 6 objetivos medioambientales definidos en dicho reglamento.
Para cada uno de los objetivos medioambientales, elegir una de las respuestas sobre
el impacto ambiental y proporcionar una justificación escrita:
1. Mitigación del cambio climático y reducción emisiones de gases de efecto
invernadero:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
- Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 
2. Adaptación al cambio climático:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
- Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 
3. Utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
- Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 
4. Economía circular, incluyendo reciclado y reducción de residuos:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
- Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 
5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
• Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas:
- Causa un perjuicio nulo o insignificante 
- Contribuye de forma positiva 
- Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) 

CONCEPTOS DE INVERSIÓN Y DE GASTOS SUBVENCIONABLES
Se consideran solo aquellos gastos que, conforme a las características de la
actuación objeto del incentivo, sean necesarios para la realización de los proyectos o
actividades previstas en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 31 de julio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ANEXO VI